Un año del fallo contra Mariana Gómez: “Exigimos una Justicia con perspectiva de género”

Mariana Gómez fue sentenciada a un año de prisión en suspenso tras ser agredida por un Policía. El fallo lesboodiante fue apelado.

Por Alejandra Zani

El 28 de junio de 2019, mientras algunxs celebraban el Día Internacional del Orgullo LGBTI+ y los 50 años de Stonewall, el Tribunal Oral en lo Criminal N°26 de la Ciudad de Buenos Aires sentenciaba a Mariana Gómez a un año de prisión en suspenso y al pago de las costas del juicio por “delito de resistencia a la autoridad en concurso con lesiones leves agravadas”. 

El fallo, realizado por la jueza Marta Yungano, no reparó en que Gómez intentaba defenderse de oficiales de la Policía de la Ciudad, Jonatan Rojo y Karen Villarreal, luego de que la detuvieran de manera violenta por fumar un cigarro al resguardo de la lluvia y por besar a su esposa, Rocío Girat, en la estación de Constitución en 2017. A un año de la sentencia, la causa se encuentra en casación debido a un recurso de apelación pedido por el abogado defensor, Lisandro Teszkiewicz. 

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“Para Marian, la condena significó la imposibilidad de acceder a un trabajo inscripto. Nadie quiere contratar a alguien con un antecedente penal por desacato a la autoridad. Por suerte, la causa está apelada y eso nos permite tener un poco más de tiempo para creer que el fallo se puede revertir y que no vamos a tener que pagar los costos del juicio”, explica Rocío Girat a Presentes. 

Para la pareja de Mariana, no es justo tener que pagarle a un Estado por la agresión que sus instituciones y funcionarios cometen. “Sufrimos una persecución judicial fatal. Nos tuvimos que mudar del lugar en donde estábamos. Nosotras vivíamos con mis abuelos y la fiscal y la jueza de ese entonces ordenaron un allanamiento a nuestra vivienda. Llegaban notificaciones a nuestro domicilio en donde a Marian la trataban de varón, la nombraban Mariano, cero respeto a todo. Pedimos absolución para Marian porque para nosotras pero también para todo el colectivo LGBTTI+ sería la justicia reparatoria para que nos sintamos segurxs en “la ciudad de la diversidad”, como la pintan. Para poder caminar visibles, sin tener miedo a que nos detengan y nos metan en un calabozo”. 

“Creemos que hubo arbitrariedad y aplicación ilegítima de la ley”

De acuerdo al abogado Lisandro Teszkiewicz, el recurso de casación para revocar el caso se presentó por tres hechos fundamentales. El primero tiene que ver con una incorrecta aplicación del artículo 72 del Código Penal por el que se condenó a Marian por lesiones leves contra la oficial Villarreal. “Esta condena supone que Marian le arrancó un mechón de pelo a la oficial. Pero el artículo 72 dice que las lesiones leves sólo pueden ser juzgadas si hay impulso de parte, es decir, si la persona lesionada pide que se juzgue la lesión leve. Cuando recibió citaciones para ir a realizar las pericias médicas, nunca se presentó, y en sus declaraciones tampoco expresó que quisiera impulsar la persecución de Marian por haberle arrancado un mechón de pelo, hecho que tampoco está probado”.

La segunda cuestión sobre la que el abogado explica que hay una incorrecta aplicación del derecho de fondo es la resistencia a la autoridad y el problema de la prohibición de fumar. “A Mariana la condenan por resistirse a la autoridad. Este delito procede cuando una autoridad emite una orden legítima, acorde a la ley y dentro de su competencia. Las personas estamos obligadas a soportar la ley cuando es justa. Ninguna persona está obligada a soportar lo injusto. La prohibición de fumar en el ámbito de la estación de Constitución surge de la ley 1.799 de la Ciudad. Esa ley prevé una sanción para el responsable del lugar que deja fumar, pero no prevé ninguna sanción para el fumador”, explica Teszkiewicz. 

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Según esta ley, el responsable del lugar debe pedir a quien fuma que apague el cigarrillo, y si no cumple, puede recurrir al auxilio de la fuerza pública. “En este sentido, la fuerza policial tiene que hacer lo mismo, que la persona se vaya o apague el cigarrillo. La fuerza pública no queda habilitada a detener a la persona. Jonatan Rojo, en su declaración bajo juramento, dice que en un momento de la discusión Marian apaga el cigarrillo e intenta irse, pero él se lo impide. Y esto fue probado por la jueza. Si Marian se retiraba, cumplía con la ley, pero al impedirlo, Jonatan Rojo le da una orden ilegítima, que es que le impide irse del lugar, y como tal, Marian tiene derecho a no acatarla. Por lo tanto no hay resistencia a la autoridad”. 

Por otro lado, según el abogado, existe una arbitraria evaluación de la prueba. “De lo que se dijo en el juicio, de los videos que se vieron y de las declaraciones de todas las partes queda claro para nosotros que Jonatan Rojo siempre trató de pibe a Marian, pero dos personas contradijeron eso, el propio oficial y una persona de apellido Pérez, que era el empleado de Metrovías. La segunda cuestión que creemos que estaba probada y que la jueza no dio por probada, el es arrancamiento del pelo. Tanto de la declaración de Rojo como de Villarreal, que es la víctima del arrancamiento del pelo, como la de Marian, que son los tres que participan en el forcejeo, coinciden en todas las instancias en que el arrancamiento del mechón se produce cuando Jonatan Rojo está tirando al piso a Marian”, explica el abogado. 

Con esto, quedaría probado que ella no decide tomar el mechón de pelo, sino que funciona como masa mecánica y agarra un mechón. “El artículo 34 del Código Penal establece que cuando uno funciona como masa mecánica empujado por otra persona, no hay acción dolosa y por lo tanto no hay delito. Pero la jueza sostiene en la sentencia que esto no está claro. Ahora, si no está claro, debe primar el principio del artículo 3, el In dubio pro reo. Ante la duda, se declara inocente. Por eso pedimos a la Cámara que case el fallo, que lo revoque, y que absuelva a Marian de los cargos”.

La causa contra el oficial Rojo, en pausa

El 2 de octubre de 2017 Mariana acompañó a Rocío a tomar un transporte en la estación de Constitución. Cuando comenzó a llover fuertemente, las jóvenes decidieron resguardarse en el ingreso de la terminal de subtes. Como ellas, muchas otras personas se guardaban del agua, charlaban y fumaban. Pero sólo Mariana fue increpada por un agente de la Policía de la Ciudad, Jonatan Rojo. A él se sumó la oficial Karen Villarroel. Cuando Mariana quiso retirarse, el oficial Rojo se dirigió a ella en masculino e intentó detenerla por la fuerza. “Hubo una ilegitimidad en la orden, no una resistencia a la autoridad”, fue como describió la situación el abogado de la defensa, Lisandro Teszkiewicz, en una de las audiencias del juicio.

Al día siguiente de la detención de Mariana, junto a Rocío se acercaron a la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN) para denunciar a Jonatan Rojo por abuso de poder y violencia institucional  Jonathan. “Él fue quien golpeó a Mariana y no respetó su identidad”. Pero, de acuerdo a Rocío, al oficial Rojo no se le abrió un sumario. Tampoco recibió apercibimientos de ningún tipo ni fue capacitado en perspectiva de género. De hecho continuó con sus funciones con total normalidad. 

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“Durante el juicio, muchas veces tuvimos que cruzarnos con él en Constitución, donde tomábamos el transporte para llegar a la audiencia, y era horrible tener que verlo. Mientras tanto, Marian fue condenada y tiene una mancha injusta en los antecedentes. Más allá de eso, si efectivamente queda condenada y este fallo que nosotras apelamos no llega a una absolución, ella va a figurar 5 años más en el sistema”.  

Para Rocío, es necesario recordar que Jonatan Rojo “actuó bajo las órdenes y la bajada de línea de Larreta”. “Nosotras seguimos exigiendo que se capacite a la Policía de la Ciudad de Buenos Aires. Todos los entes del Estado y las instituciones que intervienen tienen que estar capacitados en perspectiva de género.

Un fallo lesboodiante 

Desde numerosos medios de comunicación, organizaciones de Derechos Humanos y desde la defensa de Mariana Gómez, el fallo de la jueza Marta Yungano fue denunciado por su falta de perspectiva de género. “Es una sentencia aberrante. Exigimos es que Marta Yungano tenga que dar explicaciones por los fallos lesboodiantes que da y consideramos que una persona así no puede ser jueza”. 

Más allá de la causa de Mariana, continúa Rocío, “Yungano es una persona que alrededor de su carrera se ha dedicado a liberar pedófilos, a liberar a policías y darle beneficios a policías de gatillo fácil. Falla como piens. El mismo día de la condena a Marian Yungano absolvió a un pedófilo por abusar de su hijo. Esta jueza no puede estar ocupando ese cargo. Pedimos que mínimamente sea capacitada para fallar para lo que la sociedad necesita”.

La policía acusó a Mariana de “resistencia a la autoridad” y lesiones. No obstante, tiempo después, una pericia realizada por el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dio a conocer que Mariana Gómez no agredió a la policía. Entonces se comenzó a hablar de lesboodio. “En general a la lesbiana chonga le queda el cartel de la desobediente, la que atenta contra el hombre, la violenta, y esos son los estereotipos que queremos erradicar”. 

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