Absolvieron al juez que agravó una condena de una mujer trans por ser migrante

Absolvieron al juez que en 2019 había sido denunciado y suspendido por agravar la condena de una mujer trans por ser extranjera.

17 de junio de 2022
Agustina Ramos
Archivo Agencia Presentes

Un jurado absolvió a Juan José Ruiz de La Plata, el juez denunciado por agravar la condena de una mujer trans por ser extranjera, en un acto que organizaciones sociales y de la diversidad sexual consideraron discriminatorio. En el fallo, además, el magistrado había nombrado a la mujer, Claudia Córdova Guerra, en masculino. También a las testigas que dieron testimonio.

Presidido por la titular de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, Hilda Kogan, el jurado de enjuiciamiento absolvió a Ruiz de La Plata por “mayoría”. Así, el juez vuelve a entrar en funciones. Lo habían suspendido en el cargo que ocupaba en el Tribunal Oral Criminal 1 de La Plata por las denuncias que presentaron distintas organizaciones por su condena “discriminatoria”.

“La absolución nos sorprendió”, expresó a Presentes María Rachid, titular del Instituto contra la Discriminación de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires e integrante de la comisión directiva de la Federación Argentina LGBT+ (FALGBT).

Rachid había realizado una denuncia personal ante el juez. También la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), la Federación Argentina de Lesbianas Gays y Trans y travestis (FALGBT), la Asociación de Travestis Trans y Transgénero de la Argentina (ATTTA) y la Comisión provincial de la Memoria.

La condena discriminatoria

En abril de 2014, Claudia Córdova Guerra, una mujer trans de nacionalidad peruana, fue detenida por el delito de “tenencia de estupefacientes para su comercialización” en La Plata. Ruiz, que en ese entonces era juez del Tribunal en lo Criminal 1, condenó a la mujer a 5 años y 3 meses de prisión, y consideró como agravante que era extranjera.

El Estado puede y debe aplicar sanciones como pena accesoria a la de la prisión y agravar las penas a los extranjeros que cometan delitos comunes en el país, sin que ello importe violación a los principios de igualdad ante la ley y de no discriminación entre otros, siendo que estamos en presencia de una medida excepcional avalada por nuestra Constitución y Tratados internacionales que la integran. Lo único inconstitucional sería no hacerlo”. Así lo explicó en la sentencia.

Además, el fallo del juez trataba a Claudia en masculino y por su nombre anterior, solo utilizando el autopercibido como un “alias”. Y hacía menciones a “persona travestida”, en lugar de mujer trans. También trataba en masculino a las testigas que acompañaron a la acusada, las cuales se identificaban como feminidades.

Ser migrante y trans

Para María Rachid, “la calidad de migrante de la persona denunciada lejos de agravar su situación, la protege por estar como migrante dentro de lo que llamamos en la doctrina y jurisprudencia nacional e internacional una ‘categoría sospechosa’ de ser víctima de discriminación”. Y explicó “Toda distinción por este motivo (su calidad de migrante) debe probarse -con escrutinio estricto- como no discriminatoria”. Y alertó: “Hay un procedimiento para esto con gran consenso en el campo del derecho al que no se han ajustado en este proceso”

“El mismo juez que tiene que velar por el cumplimiento de la ley. En ningún momento respetó la Ley de Identidad de Género. Esto solo -probado a través de su sentencia y el testimonio de la persona imputada- debería ser suficiente para destituir a este juez”, aseguró Rachid.

En noviembre de 2016 la Sala Quinta del Tribunal de Casación Penal, ante la apelación, la modificó. Ordenó caratular el expediente incluyendo también la identidad de género de Claudia. Pero además cambió la calificación a “tenencia simple de estupefacientes” (eliminando la “comercialización”), y objetó el agravante de “extranjera” esgrimido por Ruiz. 

Absuelto por la impunidad del Poder Judicial

Con las denuncias de las organizaciones sociales y de la diversidad sexual, Ruiz fue suspendido por el Jurado de enjuiciamiento de magistrados y funcionarios de la provincia, presidido por Eduardo de Lázzari. Sin embargo, el juez luego afrontó un jury -que podía valerle la destitución-, y en él fue recientemente absuelto.

Para la doctora de Comunicación Social y militante travesti trans, Claudia Vásquez Haro, “es lamentable que estos jueces tomen decisiones basadas en su mirada del mundo, tan reduccionista y sobre todo discriminatoria”. “Sabemos muy bien que el fallo tiene un componente profundamente xenófobo, racista. Esta es una cuestión que tiene que ver con la ideología a la hora de dictar sus sentencias”, afirmó, en diálogo con Presentes.

Frente a la absolución, la también presidenta de OTRANS Argentina, señaló que “esto habla una vez más del grado de impunidad que existe en el poder judicial”. También “de una falta de perspectiva transfeminista, interseccional y de Derechos Humanos”. “Pone una vez más a la luz que es necesario una reforma judicial para transformar este tipo de prácticas. Lesionan la vida no solamente de una persona sino, en este caso, de un colectivo, que es el más excluido de esta sociedad civil”, concluyó.

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