Dos madres denuncian al Estado chileno ante la CIDH por lesbofobia

Mayra Opazo y Constanza Monsalves de denuncian que el Registro Civil de Viña del Mar y la Corte Suprema les negó el reconocimiento de ser ambas madres de Martina, una niña de un año.

Fotos: Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)

Mayra Opazo y Constanza Monsalves, madres de una beba de 1 año, demandaron al Estado de Chile ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por lesbofobia y por violentar el interés superior de la niña. Denuncian que fueron discriminadas por el Registro Civil, la Corte de Apelaciones de Viña del Mar y la Corte Suprema.

La pareja vive en Villa Alemana Martina. Son madres de Martina, que nació el 17 de abril del 2017 tras un proceso de inseminación artificial.

El 26 de marzo de 2018 la pareja se presentó ante Registro Civil de Viña para pedir ser reconocidas como madres de la niña. Funcionarios del organismo estatal les dijeron que no se podía: que era ilegal. Decidieron recurrir a la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Tres meses después, el tribunal rechazó el recurso de protección por dos votos contra uno: el de la Ministra doña Silvana Donoso Ocampo.

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“La prohibición de doble filiación materna (…) configura una injerencia arbitraria en nuestra vida privada, toda vez que influyen en nuestra planificación familiar, desarrollo personal y autodeterminación de ser madres. Con una limitación como la que arbitrariamente se nos impone, inevitablemente se deja afuera a una de las madres de su derecho a ser, sentirse y presentarse como tal. Del mismo modo, se priva a Martina del reconocimiento legal de su verdadera familia. Además, vulnera el derecho a la protección de la familia y protección de los derechos del niño en relación con el derecho a la vida privada, no permitiéndonles la consagración legal de su familia”, señala la demanda presentada por la pareja con patrocinio de la Universidad Diego Portales y del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

“Nos niegan nuestro proyecto familiar”

Finalmente, el 24 de julio del 2018 la Corte Suprema confirmó el fallo de Apelaciones. “Hemos sufrido violaciones a los derechos humanos que han significado para nosotras y nuestra hija, graves perjuicios y daños morales, lo que afecta en el interés superior del niño. Precisaron que el desconocimiento legal de la doble maternidad “implica negar que aquello es parte de su proyecto de vida familiar, quebrando nuestro proyecto familiar”, afirman en la presentación judicial.

Los abogados de  la UDP y del Movilh precisaron que el negarse la doble maternidad, el Estado violentó normas nacionales e internacionales, entre esas la Constitución Política y la Convención Americana de Derechos Humanos.

En el primer caso se transgredió el deber del Estado de proteger a la familia (artículo 1), de  respetar los tratados internacionales (artículo 5),  y de garantizar la igualdad ante ley y el derecho a la integridad física y psíquica (articulo 19), entre otras disposiciones constitucionales.

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De igual manera se violentó la obligación  de los estados de respetar la Convención Americana de Derechos Humanos (articulo 1), la protección de la familia (artí culo 17), los derechos del niño (articulo 19) y igualdad ante ley (articulo 24),  garantizados en el instrumento internacional que reconoce derechos a las parejas del mismo sexo y sus hijos, según pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“Esperamos que la Comisión acoja esta  justa demanda y que Chile sea sancionado”, finalizó el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

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