Qué es la Ley de Emergencia Territorial Indígena que fue prorrogada por cuatro años
La Ley 26.160 de Emergencia Indígena estaba a punto de vencer pero se estableció su extensión por cuatro años mediante el decreto 805 que se publicó este jueves en el Boletín Oficial. Discursos de odio y racismo que reaparecieron junto con el vencimiento de la ley.
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[Noticia actualizada el 18/11]
La escalada de discursos de odio en algunos medios de comunicación y el racismo explícito contra los pueblos indígenas en Argentina se profundizó en estos días y no parece casualidad. Referentes del mundo de la política y el empresariado destilan mensajes de ese tipo. Y diversos medios de comunicación concentrados maximizan sus coberturas estigmatizantes. Toda la violencia acumulada a menos de un mes del inminente vencimiento de una legislación que frena los desalojos de territorios indígenas.
Emergencia territorial indígena: lo que hay que saber
En noviembre del 2006 se sancionó la Ley 26160 que declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad “de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país”.
El proyecto de ley surgió gracias a la lucha colectiva que exigió poner un freno a los constantes desalojos de comunidades indígenas en manos de intereses privados. Pero también de organismos estatales como Parques Nacionales y universidades públicas.
El texto de la normativa -que se conoce como “Ley de Emergencia Territorial Indígena”- suspende todo desalojo donde estén involucrados pueblos originarios (inscriptos en RENACI, Registro Nacional de Comunidades Indígenas) hasta tanto no se realice un relevamiento territorial. Esa tarea debe realizarse en forma conjunta entre el Estado nacional, las provincias y las organizaciones de pueblos originarios.
Participa personal técnico especializado en distintas disciplinas (geografía, agrimensura, antropología, historia, ecología, biología, derecho, administración, etc.) junto a representantes del Consejo de Participación Indígena, las provincias y el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). Y siempre debe contar con la aceptación de la comunidad donde se realiza y con la participación de sus autoridades e integrantes.
Esa es la letra de ley. ¿Pero qué pasa en la práctica? ¿Se están realizando de manera conjunta? ¿Por qué pasó tanto tiempo?
Originalmente, este relevamiento se debía hacer en un plazo de tres años. Luego tuvo tres prórrogas: en el 2009 (Ley 26.554), en el 2013 (Ley 26.894) y en el 2017 (Ley 27.400). Y el 22 de noviembre de este año finaliza su vigencia. Si no se prorroga nuevamente, quedará sin efecto.
Datos y territorios
Según el informe del Programa Nacional de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas (INAI) realizado el 15/10/21, estos son algunos números sobre la situación en los territorios:
- De 1760 comunidades indígenas identificadas por la Dirección de Tierras del INAI, quedan aún un 43,4% sin relevar. Mientras que un 56,6% se encuentra en diferentes niveles de ejecución.
- Del total de los relevamientos efectivamente terminados, 61,% por ciento corresponde a la región Noa, 15,8% Sur, 11% Nea, 9,8% Centro y 1,9% Cuyo.
- En el análisis al interior de las regiones, el Nea es la región donde se registra mayor falta de relevamiento (el 62,7%) y se siguen el Sur y el Noa, donde aún no fueron relevadas el 46,3% y el 33,5%, respectivamente.
Del informe realizado por el organismo en 2017 (ante el anterior vencimiento de la prórroga), las provincias que en ese momento se encontraban con relevamiento culminado son Catamarca, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Mendoza, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, Tierra del Fuego y Tucumán.
Provincias que tienen serios conflictos territoriales con pueblos indígenas como Chaco, Formosa, Salta, Jujuy, Chubut, Santiago del Estero, Misiones, Neuquén y Río Negro aún se encuentran demoradas y con relevamientos parciales.
Propiedad ancestral y desalojos
Es importante recalcar el carácter preexistente de los pueblos originarios y su derecho a la propiedad comunitaria y ancestral, como establecen también el inciso 17 del artículo 75 de nuestra Constitución y el Convenio 169 de la OIT. Ahora bien, ¿la legislación frena realmente los desalojos? ¿Qué implicancia tendría su caducidad para las comunidades?
Más allá del espíritu de la ley y de sus objetivos, en la práctica existieron grandes problemas para la real implementación en los territorios. Durante estos quince años igualmente se repitieron desalojos en distintos puntos del país. Muchas comunidades fueron expulsadas de sus territorios ya sea por no estar registradas como pide el RENACI o porque la provincia no había adherido a la Ley nacional. Y también se registraron denuncias de relevamientos realizados sin participación de las comunidades involucradas.
Pero también la vigencia de la ley ofició como instrumento legal para frenar muchas otras ejecuciones. Por eso, diversas organizaciones indígenas se vienen expresando y movilizando no sólo para exigir la prórroga sino para que se incluya un aumento en la partida presupuestaria y que se ponga en debate la demorada ley de instrumentación de la propiedad comunitaria indígena de la tierra, que permitiría la equiparación en el Código Civil de esta forma ancestral de propiedad.
Títulos provisorios y precarios
Hoy las comunidades tienen serios problemas con títulos provisorios y precarios que en los territorios se traducen en la latente posibilidad de desalojos o de fragilidad ante el avance del sector empresario dedicado a los agronegocios, turismo e industrias extractivas. Y esa situación estructural se suma a un clima de creciente tensión producto de la circulación sostenida de discursos racistas en medios de comunicación que estigmatizan identidades indígenas y preparan así el escenario para una potencial represión (como sucedió también en 2017).
Durante todo este mes se realizaron movilizaciones, marchas, campañas de comunicación y posicionamientos de referentes indígenas y personalidades públicas para exigir la prórroga. Y se realizarán vigilias frente al Congreso para acompañar su tratamiento.
Los derechos indígenas son el resultado de la resistencia y la lucha de las comunidades y organizaciones originarias. Pero es indispensable que se involucre y que acompañe el conjunto de la sociedad para que esos derechos se cumplan. Exigir la prórroga de la Ley 26.160 es un imperativo de los derechos humanos.
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