Poder judicial peruano dio marcha atrás en excluir a personas LGBTI del acceso a la justicia

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial decidió reconsiderar la adhesión a las "100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia para Personas en Condición de Vulnerabilidad sin excepciones"

Por Verónica Ferrari

Foto: Archivo Presentes

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el día de hoy, decidió reconsiderar la adhesión a las «100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia para Personas en Condición de Vulnerabilidad sin excepciones». Esto fue resultado de las protestas que había levantado la exclusión de la población LGTBIQ+, una de las más vulneradas del Perú, como lo afirma el 71% de peruanxs en la Segunda Encuesta sobre Derechos Humanos del Ministerio de Justicia.

Diversas organizaciones del Estado mostraron su rechazo ante la decisión del Consejo Ejecutivo y lamentaron que no se hubiera tomado en cuenta la sentencia de la CorteIDH sobre el caso Azul Marín, quien demoró 12 años en acceder a justicia y reparación. Así también, a las dos sentencias del Tribunal Constitucional que señalan que no se puede discriminar por orientación sexual ni identidad de género, y el Informe de la Defensoría del Pueblo, que hizo explícito su malestar.

«El Poder Judicial ha reconsiderado una decisión que era absurda y arbitraria. Ahora celebramos que se haya dado marcha atrás, pero esto nunca debió pasar. Ha sido frustrante», dijo a Presentes el juez supremo provisional Carlos Calderón Puertas.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el de Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, así como la Comisión de Acceso a la Justicia del Poder Judicial, solicitaron al Consejo Ejecutivo que dé marcha atrás en su homofóbica decisión, la cual estaba sostenida a través de argumentos denigrantes contra las personas LGTBIQ+, lo que en el Perú es un delito, por lo que resultaba paradójico que el mismo Poder Judicial terminara siendo un espacio que violara la ley penal al respecto.

Lamentablemente, ni la Oficina de Control de la Magistratura ni la Junta Nacional de Justicia se pronunciaron sobre estos hechos. Estos entes están obligados a empezar una investigación de oficio por el delito de discriminación contra los seis miembros del Consejo Ejecutivo, incluido el presidente del Poder Judicial, puesto que el artículo 47 inciso 7 de la Ley de la Carrera Judicial señala que es una falta grave «la conducta y el trato discriminatorio».

Jueces y juezas defensores de derechos humanos señalaron que no acatarían la exclusión y seguirían generando recursos para el acceso a la justicia de las personas LGTBIQ+ peruana.

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