El Poder Judicial peruano dejó sin protección explícita a las personas LGBTI+
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial publicó una resolución donde excluye a las personas LGBTI+ de las "100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia para Personas en Condición de Vulnerabilidad".
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Foto: Esteban Marchand
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, una de las más altas instancias del sistema de administración de justicia en el Perú, decidió adherirse a las “100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia para Personas en Condición de Vulnerabilidad”, pero excluyendo de forma explícita y particular a la población LGTBIQ+. Esta decisión homofóbica fue tomada en enero del presente año, pero recién circuló en julio cuando la Resolución N° 002-2020-CE-PJ llegó a las oficinas de todos los jueces del Perú.
El juez supremo Javier Arévalo Vela sustentó esta decisión señalando en su escrito que la orientación sexual, en condiciones normales, es heterosexual, y que cualquier otra situación se debe a causas psicológicas y sociales. En pocas palabras, llamó a las personas LGTBIQ+, anormales, enfermas mentales o con algún trauma social, lo que es un delito pues en el Código Penal peruano, desde el 2017, se sanciona la discriminación por orientación sexual e identidad de género. Además es anticonstitucional, pues la Constitución Política del Perú protege y garantiza la dignidad de todos y todas sus ciudadanas.
La Resolución fue publicada el día de hoy en el Diario Oficial El Peruano. Esto causó conmoción en el activismo LGTBIQ+ y en algunos jueces que venían sacando adelante una serie de actividades alrededor del reconocimiento de la población LGTBIQ+. Por ejemplo, el primer Congreso Nacional de Acceso a la Justicia para Personas Víctimas de Discriminación y Violencia por motivos de Orientación Sexual e Identidad de Género, realizado en 2019. Este evento fue aprobado por el mismo Consejo que ahora decide retirar a la población LGTBIQ+ del acceso a justicia. Al respecto, el juez supremo provisional Carlos Calderón, organizador de este evento, señaló para Presentes que “esta resolución es un retroceso, un olvido total de las sentencias de la CorteIDH y un hecho doloroso, frustrante y triste a la vez”.
La jueza Janet Tello, presidenta de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad, envió una solicitud de reconsideración a los consejeros. Allí señala que no es posible que desconozcan la reciente condena al Perú por el caso Azul Marín (2008), en donde la CorteIDH, en abril de este año, señala que los operadores de justicia no tuvieron la debida diligencia y sus prejuicios homofóbicos actuaron en contra de la joven trans torturada y violada en una comisaría, lo que no le permitió alcanzar justicia hasta doce años después.
La adhesión a las Reglas de Brasilia permitía que se realizaran protocolos de atención para cada población en situación de vulnerabilidad, documentos que ya estaban siendo elaborados por los juzgados determinados. En este caso, el protocolo de acceso a la justicia para personas LGTBIQ+ lo estaban realizando las cortes de Ucayali, Madre de Dios, Huancavelica, Áncash y Lima, que frente a esta situación se han quedado en el vacío.
Presentes se comunicó con Jonatan Basagoitia, juez superior de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, encargada de elaborar el protocolo para población LGTBIQ+, quien también lamentó lo ocurrido: “Ha sido una decisión arbitraria y homofóbica del Consejo Ejecutivo, ha sido un retroceso porque es Ucayali quien está elaborando el Protocolo de Acceso a la Justicia para la población LGTBIQ+, y es el Consejo el que tenía que aprobar este protocolo, felizmente ya se ha presentado el recurso de reconsideración que todavía da tiempo para que resuelvan en pro de la comunidad. En caso se desestime la reconsideración, solo queda ir a un proceso de amparo”.
Un amparo contra la propia justicia peruana que hoy decidió negar la dignidad de las personas LGTBIQ+.
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