La CIDH llama a respetar derechos LGBT+ en el marco de Covid-19: 5 recomendaciones

La Comisión llama a los Estados a emitir pronunciamientos públicos de categórico rechazo a cualquier acto de discriminación.

Foto: Luciana Leiras/Archivo Presentes

En las últimas semanas en América Latina hubo varias denuncias de las organizaciones de derechos humanos del incremento de vulneración de derechos a personas LGBT+ en el marco de la pandemia de Covid-19. Ya sea porque estas poblaciones están más desamparadas, o porque las medidas de aislamiento obligatorio y control callejero las someten a violencias intrafamiliares o discriminaciones de las fuerzas de seguridad. En el caso de las personas travestis y trans, esto se ve agravado por la situación de emergencia habitacional.

Por estas razones, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hizo un llamado a los Estados a garantizar los derechos de igualdad y no-discriminación de las personas lesbianas, gay, bisexuales, trans e intersex (LGBTI), en las medidas de atención y contención adoptadas. Allí pone el ejemplo de Perú, donde el gobierno sacó un decreto para que la circulación fuera por género, y los abusos de las fuerzas de seguridad a la personas trans estuvieron a la orden del día.

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“Al respecto, la Comisión ha manifestado en distintas oportunidades que la policía y otras fuerzas de seguridad de los Estados de la región, a menudo, comparten las mismas actitudes y prejuicios contra personas LGBTI que prevalecen en la sociedad en general. Considerando las funciones que la policía y otras fuerzas de seguridad cumplen durante la vigencia de las medidas de contención, la CIDH llama a los Estados a adoptar políticas de sensibilización dirigidas a las fuerzas del orden público y a las autoridades judiciales en materia de identidad y expresión de género, que tomen en cuenta que las personas trans y de género diverso, frecuentemente, no cuentan con un documento de identificación personal que refleje de manera adecuada su identidad y/o expresión de género.”

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La Comisión llama a los Estados a emitir pronunciamientos públicos de categórico rechazo a cualquier acto de discriminación basado en orientación sexual, identidad o expresión de género de las fuerzas de seguridad en sus intervenciones a civiles.

Por otro lado, la Comisión hizo referencia la situación de pobreza que afecta a personas LGBTI, caracterizada por exclusión social y altas tasas de falta de vivienda, lo que les empuja hacia la economía informal y a participar en el trabajo sexual. Las personas trans, en particular, enfrentan altas tasas de exclusión de las oportunidades de generación de ingresos y de acceso a programas de bienestar social y servicios de salud. En este sentido, la CIDH ha recibido información de mujeres trans y trabajadoras sexuales que continúan desarrollando sus actividades aún el contexto de la contención del COVID-19, debido a que no cuentan con otras fuentes de ingreso.

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Recomendaciones a los Estados

1. En cuanto a la inclusión de las personas LGBTI en las políticas de asistencia social durante la pandemia, garantizar que las personas LGBTI en situación de calle y las mujeres trans que ejercen el trabajo sexual sean beneficiarias de las medidas adoptadas.

2. Fortalecer los sistemas nacionales de protección de la niñez y adolescencia, reconociendo la particular vulnerabilidad de los NNA que han sido expulsados u obligados a abandonar sus hogares por razón de prejuicios contra su orientación sexual, identidad o expresión de género.

3. Garantizar la continuidad en la distribución de antirretrovirales para las personas que viven con VIH y la atención integral en salud a las personas trans, observando el derecho de igualdad y no-discriminación.

4. Sensibilizar y capacitar, inclusive por medios de formación digital, a las fuerzas del orden público y autoridades judiciales en materia de identidad y expresión de género, para prevenir actos de discriminación y violencia en los controles policiales implementados dentro de los estados de excepción a causa del COVID-19.

5. Emitir pronunciamientos públicos de rechazo a los actos de discriminación o violencia causados por fuerzas de seguridad, así como investigar y sancionar estos actos en observancia del deber de debida diligencia.

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