Fallo histórico: prisión domiciliaria a un varón trans para «evitar trato cruel»
En una resolución sin antecedentes, un tribunal decidió que pase su sentencia en su casa con una tobillera electrónica y junto a su madre.
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Por Paula Bistagnino.
En un fallo sin antecedentes, la Justicia argentina le concedió a un varón trans el arresto domiciliario basado en que las condiciones de detención no respetan su identidad de género. Detenido con prisión preventiva desde hace dos meses, B.L.D.M. -de 26 años- podrá pasar toda la condena en la casa de su madre.
“El único antecedente que hay y con el que conté para hacer el pedido es el único de otro varón trans que hay. Pero tiene una diferencia importante: en el caso anterior el fallo se basó en la violencia institucional y razones de salud mental. Y no, como en este, en la cuestión de género”, explica a Presentes el defensor público Sergio Meirovich, abogado de B.L.D.M.
Un fallo inédito para un caso excepcional
Meirovich recibió el caso porque estaba de turno como defensor público de la Unidad de Letrados Móviles Número 1 en lo Penal Económico. “Cuando él llegó detenido al juzgado, nos comunicó que es un varón trans. Entonces evaluamos que no podía ir a una cárcel de varones ni a una de mujeres. Pero en el momento resolvimos que fuera a un sector especial de una cárcel de mujeres”, explica.
Según el abogado, un varón trans en un penal de mujeres es un caso excepcional. “No hay población carcelaria de varones trans, esa es la realidad. En cambio sí hay población de mujeres trans y pabellones o programas específicos”.
El defensor público destaca que toda la actuación del Juzgado Penal Económico 10 y del magistrado a cargo, Diego García Berro, “fue impecable respecto de la cuestión de género en todo momento se garantizaron los derechos, en el trato, en el acceso a la salud y la continuidad de los tratamientos de hormonización y en la consideración de sus identidad para evaluar el pedido que hicimos. Fue un abordaje interdisciplinario ejemplar”.
Si bien en este caso no hubo violencia institucional, desde el comienzo de la detención de B.D.L.M. hubo problemas de convivencia con sus compañeras de encierro. Por eso, la madre del detenido le manifestó al abogado el malestar de su hijo. Entonces empezó a evaluarse la posibilidad de pedir el arresto domiciliario. Meirovich pidió asesoramiento a la Comisión de Género de la Defensoría y al Programa de Problemáticas sociales de la Defensoría General dela Nación.
“Se cumplieron todos los pasos para evaluar sus condiciones de detención y luego para evaluar que el arresto domiciliario con su madre era viable. En primera instancia se rechazó y fue bien fundado porque los informes que venían desde el penal no hablaban de vulneración de derechos ni agravamiento de las condiciones de detención. Pero luego en la apelación se probó que él estaba en un estado depresivo y que había un trato no respetuoso de las internas y del personal”, detalla el abogado. Y agrega que en ningún momento se cuestionó la prisión preventiva “porque está muy bien fundamentada”.
La causa ya se elevó al tribunal oral penal económico que será el que supervise la prisión domiciliaria. “Salvo que viole algunas de las reglas, no se le va a quitar la prisión domiciliaria. Sigue siendo una pena de privación de libertad, estricta en las reglas y no negociable”.
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El fallo: riesgo de trato indigno, inhumano o cruel
En la presentación, el defensor pidió el arresto domiciliario para B.L.D.M por considerar que “actualmente el complejo penitenciario no se encuentra preparado para alojar a un hombre trans”. Meirovich tuvo en cuenta que B.L.D.M. sufrió un trato discriminatorio por parte de sus compañeras de pabellón y del personal penitenciario abocado a su cuidado, por lo que tuvo que ser trasladado a un sector de aislamiento.
El tribunal resolvió por mayoría –dos votos a favor y uno en contra- revocar la resolución apelada y hacer lugar al pedido de arresto domiciliario de B.L.D.M. mediante el régimen de vigilancia electrónica. Así que ahora está en la lista de espera para recibir la tobillera mediante la que se va a monitorear que cumpla la privación de libertad en su casa. “Como cualquier detenido, tiene prohibido absolutamente salir del domicilio”.
Los camaristas Edmundo Samuel Hendler y Juan Carlos Bonzón hicieron lugar al pedido porque entendieron que someter a B.L.D.M. a condiciones de detención que no respetan su identidad de género “puede implicarle un trato indigno, inhumano o cruel” de acuerdo con los principios constitucionales, los tratados internacionales y la Ley de Identidad de Género. Y explicaron que si bien se encontraba alojado en el Complejo Penitenciario Federal 4 de mujeres de Ezeiza por pedido suyo, el penal “no resguarda sus necesidades como persona transexual”.
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El voto en minoría fue el del juez Roberto Hornos, que no accedió al pedido pero le solicitó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, de quien depende el Servicio Penitenciario Federal, “establecer a la brevedad un programa específico para varones transexuales en contexto de encierro”.
“Es un fallo muy positivo porque incluso el voto en minoría contiene un pedido de políticas públicas para poder garantizar los derechos de los varones trans detenidos”, explica el abogado. Tal como sí existe para mujeres trans.
En eso se basó los argumentos de la Procuración Penitenciaria de la Nación, que se presentó como amicus curiae: “El Programa específico para mujeres trans en contexto de encierro alojadas bajo la órbita del Servicio Penitenciario Federal” no resuelve la cuestión ya que “en ninguno de los puntos contempla las necesidades y las particularidades de los varones trans”.
Para Meirovich, este caso podrá ser tomado como antecedente ara otros varones trans privados de su libertad. “En el caso de mujeres trans es distinto, pero puede considerarse para hacer pedidos en cuanto a condiciones de detención. Sin duda, es un fallo inédito”.
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