#BesosLesbianos Audiencia por Mariana Gómez: por qué hay que sobreseerla

Las organizaciones Colectivo para la Diversidad (COPADI), 100% Diversidad y Derechos, la Asociación Pensamiento Penal y el Ministerio Público de la Defensa se presentaron como amicus curiae ante la Sala VI de la Cámara de Apelaciones. El Tribunal es quien debe decidir si hace lugar al pedido de la defensa de sobreseer a Mariana Gómez, procesada y embargada por resistencia a la autoridad y lesiones por decisión de la jueza María Fontbona de Pombo.

amicus curiae ante la Sala VI de la Cámara de Apelaciones. El Tribunal es quien debe decidir si hace lugar al pedido de la defensa de sobreseer a Mariana Gómez, procesada y embargada por resistencia a la autoridad y lesiones por decisión de la jueza María Fontbona de Pombo. Los amicus curiae son recursos no vinculantes que pueden realizar terceros ajenos proceso judicial para dar opiniones y acercar argumentos sobre el caso. Mariana Gómez fue detenida por la policía el pasado 2 de octubre mientras besaba a su esposa Rocío Girat en el barrio porteño de Constitución. La jueza María Fontnona de Pombo el 29 de diciembre la procesó por resistencia a la autoridad y lesiones. También ordenó que la embargaran. Mariana denunció en su momento haber sido agredida por el oficial Jonatan Rojo, quien la detuvo, después de increparle estar fumando en un lugar prohibido. Desde el inicio, Gómez y Girat denunciaron que fue un caso de lesbofobia.

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Desde 100% Diversidad y Derechos dijeron a Presentes que se presentaron ante la Cámara para aportar la perspectiva de la diversidad sexual, que considera es nula en este proceso. “Entendemos que Mariana pertenece a un grupo vulnerado, que es el grupo de las mujeres lesbianas que está expuesto a violencias, en especial institucional. Creemos que hubo una selectividad criminalizante por parte del personal de la Policía de la Ciudad y que el tribunal debe tener en cuenta este contexto y su análisis debe ser estricto. Esta selectividad da cuenta de cómo operan los prejuicios y la violencia institucional cuando se visibiliza la orientación sexual”, dijo  Greta Pena, presidenta de la organización.

Detención por resistencia a la autoridad: «una práctica de control social»

“Creemos que lo que le pasó a Mariana Gómez es un caso que se repite a menudo, porque la policía con cualquier excusa detiene a las personas y les imputa resistencia a la autoridad sin ningún hecho que lo justifique. Por año, en CABA hay 1500 detenciones a trapitos, jóvenes reunidos en la calle, vendedores ambulantes, trabajadores sexuales, que no tienen ninguna explicación, que no se sabe a qué se resistieron. Por eso, el Ministerio Público de la Defensa interviene para hacer ver al Tribunal que es una práctica de control social y no una causa penal”.  dijo a este medio Luis Duacastella, defensor adjunto de la CABA. Añadió que si Mariana se resistió a la orden de detención «hay que determinar la legalidad de esa orden ”. Contó que la Ley de tabaco N° 1799 no tiene sanciones para el fumador, sino para el responsable del local, oficina u organismo que no hace efectiva la prohibición de fumar: “Es una ley que no busca la sanción sino el cuidado de la salud”, explicó y dijo que el propio policía que detuvo a Gómez reconoció que “todo el mundo fuma y Metrovías no tiene carteles en esa zona”.
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Duacastella dijo que el policía violó los principios de oportunidad, proporcionalidad y gradualidad del artículo 83 de la Ley 5688 de Sistema Integral de la Seguridad Pública de CABA, “por lo tanto no se justifica la detención”. Agregó que los testigos señalaron que el policía se refería a la joven como «pibe» y aunque le dijo que era casada le puso «soltera» en el acta porque no acreditaba el matrimonio. “Claramente es un caso de lesbofobia, la orden de detención no era válida y estaba viciada por discriminación, aspecto que no fue tenido en cuanta por la jueza que la proceso”.  

“Una actuación desmedida e irracional”

Mirta López González de la Asociación de Derecho Penal dijo a este medio que hicieron la presentación ante el tribunal porque consideran que se trató de una actuación desmedida e irracional por parte de la policía. «Claramente hubo otros trasfondos, había sido seleccionada porque había otras personas que en ese momento que estaban fumando en el lugar. Es claro que lo que no les gustó fue  la actitud de Mariana con su pareja. Entonces fue buscado y el policía no actúo con el profesionalismo que tiene que tener un policía. Podría podría haberla persuadido para que deje el cigarrillo  y no lo hizo Fue una orden ilegítima y de ahí resulta la reacción de Mariana, ella lo que hace es defenderse de la agresión», explicó la especialista en derecho penal.
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López González remarcó la selectividad que hizo la jueza con la prueba no admitida: “una de ellas es que tanto el policía como su compañera nunca había levantado una falta en ese lugar, a pesar de que reconocieron que veían gente fumando allí».

Un fallo con prejuicios contra la orientación sexual

«Que la policía acose a las lesbianas es algo cotidiano y lamentable, que debe ser erradicado. Acá lo excepcional y lo que debe ser sancionado por la Cámara es la lesbofobia de la jueza que no puede distinguir quien es la víctima y el agresor y recrea el estereotipo negativo de las lesbianas. Hay un mandato de Naciones Unidas para erradicar los estereotipos de las sentencias judiciales”, dijo la abogada de COPADI, Luciana Sánchez. En la presentación que hizo la organización se remarca la caracterización de la magistrada, tratando a Gómez como una lesbiana violenta y agresiva.
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Además de la absolución de la joven, las presentaciones piden cursos para el Poder Judicial que aseguraren la erradicación de los prejuicios lesbofóbicos a la hora de dictar sentencia. Y que se habilite un registro de los incidentes y procesos judiciales por violencias por prejuicios contras personas LGBT. ]]>

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