El caso de la activista lesbiana Emma Zermeño: ¿es delito chatear en Sinaloa?

La activista fue denunciada por una funcionaria. La acusa de "wolling" un concepto que no existe ni en el ámbito académico ni en el ámbito jurídico. Una denuncia que pone en peligro la privacidad.

CIUDAD DE MÉXICO, México. Lo que comenzó como una charla privada entre amistades en la plataforma WhatsApp se ha convertido en una amenaza a la privacidad y la libertad de expresión en México. Por un lado, una ciudadana que ejerce su libertad de expresión en un chat privado. Por el otro, una funcionaria con poder político que, ni siquiera ejercía su cargo legislativo de manera activa cuando ocurrieron los hechos.

Emma Zermeño, una activista lesbiana de 34 años y trabajadora de la Secretaría de las Mujeres en Sinaloa, se encuentra en un proceso judicial que podría sentar un precedente: la posibilidad de que el Estado mexicano vigile y sancione lo que se dice en el ámbito íntimo de los espacios de mensajería digital.

El caso involucra a la diputada local con licencia desde 2024, y secretaria nacional de la Diversidad sexual de Morena, Almendra Negrete Sánchez. Ella demandó a Emma por mensajes vertidos en unas conversaciones privadas que le llegaron por un tercero. 

De qué se trata la denuncia

Esta acción ignora la protección constitucional de las comunicaciones privadas, estipulada en el artículo 16. Allí se “garantiza la inviolabilidad de la correspondencia y las comunicaciones privadas, y establece que nadie puede ser molestado en su persona, familia o posesiones sino mediante orden escrita de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento, protegiendo la seguridad jurídica y consagrando el derecho a la privacidad y la legalidad”.

La abogada Mónica Calles Miramontes, especialista en materia electoral y constitucional, y defensora de Emma, explica:  “tenemos el primer problema jurídico, una violación al artículo 16 de la Constitución. Algo que la sala Guadalajara en todo momento pasó por alto es que también se está violentando el derecho a la privacidad y a la intimidad de Emma. Estas conversaciones se dan en un plano absoluto de confianza. Se dan en una simple conversación privada entre dos amigos que nunca debió salir de ahí”.

En juego también está la interpretación de la Violencia Política en Razón de Género (VPRG). Una herramienta diseñada para proteger a las mujeres y que, según advierte la abogada de Emma, “está siendo pervertida para ejecutar venganzas políticas y silenciar la crítica ciudadana”.

¿Qué pasó?

El conflicto se originó con una serie de conversaciones privadas de WhatsApp sostenidas entre Emma y un amigo entre los años 2024 y 2025. 

La filtración de estos mensajes sucede una vez que el amigo se integra al equipo de trabajo de la diputada Almendra Negrete. Emma fue notificada de la demanda en octubre del 2025.

Aunque el tribunal local de Sinaloa resolvió inicialmente a favor de la activista en dos ocasiones al considerar ilícitas las pruebas, el caso escaló a la Sala Regional Guadalajara. El 25 de febrero esa sala dictó una sentencia condenatoria bajo el concepto de «wollying».

Ante la impugnación de la defensa, la Sala Superior del TEPJF recibió el recurso de reconsideración. Tras un proyecto inicial de desechamiento, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña presentó recientemente una nueva propuesta para revocar la sanción. Su resolución final está programada para este miércoles a las 12:00 horas.

¿Wollying?

La Sala Regional Guadalajara para justificar la sanción contra Emma usó el término ‘wollying’. 

El tribunal argumentó que los comentarios de Emma que hizo en esa conversación privada constituían una forma de «muerte política» para la funcionaria. Pero la funcionaría está de licencia como diputada desde 2024.

“La Sala Regional de Guadalajara intentó reducir el conflicto a un ‘pleito entre mujeres’ para sostener una sentencia que carece de base legal sólida”, explica Emma. 

La abogada Calles Miramontes es enfática sobre la falta de rigor académico y jurídico de este concepto.

“Este concepto realmente no existe. No está reconocido ni por la academia ni, mucho menos, por el ámbito jurídico. Es un gran error que tiene la sala Guadalajara porque viola también la certeza. Esto que llama wollying lo tomó de un artículo que alguien escribió y que más se asemeja a una nota periodística y no a un concepto académico desarrollado y sustentado en una doctrina… La propia presidenta de la Sala Guadalajara lo traduce en envidia. ¿En verdad un Tribunal Electoral va a sancionar la envidia?”.

“Hay una asimetría del poder y estigmatización institucional”

“No puedo concebir que esto haya entrado al ámbito jurídico, a los tribunales. Esto jamás debió llegar a los tribunales y mucho menos al Tribunal Electoral, porque para que el Tribunal Electoral hubiera intervenido, se necesitaba que hubiera un mínimo vínculo entre la conducta de Emma y un impacto en el ejercicio de un cargo de elección popular y no existe ningún impacto”, sostiene Calles.

Para la defensa, se trata de una “brutal asimetría de poder” donde se utilizó el aparato del Estado para cobrar una “venganza política”.

Además de la batalla legal, Emma ha enfrentado una campaña de desprestigio institucional. La Sala Regional Guadalajara y el Instituto Nacional Electoral (INE) lanzaron campañas y foros sobre el «wollying» en el marco del 8 de marzo. Para eso utilizaron el expediente de Emma como ejemplo de agresión antes de que exista una resolución definitiva a su caso.

“Esto es gravísimo porque el INE utilizó sus canales institucionales a nivel nacional, utilizó recursos públicos y le dio voz a muchas funcionarias públicas… para institucionalizar un término que no existe en el derecho”, denuncia la abogada.

El impacto en la vida de Emma

“El desgaste emocional ha sido profundo. Esto ha afectado mi esfera personal, incluso a cuestiones de salud. Me ha afectado psicológica y emocionalmente”, comenta activista.

Emma también denuncia cómo las medidas cautelares la silenciaron durante meses. 

“Yo me he sentido en bastante desventaja. Siento que todo el procedimiento es mucho para resguardar a la víctima… pero se está dejando de lado el legítimo derecho a defenderme. Con las medidas cautelares, yo no sabía qué tanto podía decir. Me silenciaron mucho tiempo”, explica Emma.

Las sanciones solicitadas por la denunciante incluyen una indemnización de 300,000 pesos, una disculpa pública y la inhabilitación del servicio público de Emma por tres años. 

“Un futuro incierto para la privacidad digital”

Lo que se resuelva en la Sala Superior este miércoles no solo afectará a Emma, sino a millones de mexicanes que utilizan servicios de mensajería privada. La defensa argumenta que permitir este precedente abriría la puerta a que cualquier político persiga a ciudadanes por lo que dicen en su intimidad.

La abogada Calles reflexiona sobre este peligro: “Este asunto pone en riesgo la privacidad de todos los mexicanos y nos arriesga a que el poder punitivo del Estado llegué a sancionarnos, llegue hasta nuestros teléfonos privados… ¿Cómo es que el poder del Estado va a trascender a nuestras conversaciones privadas e íntimas? No es que ese no sea un espacio para que el Estado analice si lo que decimos le parece o no moralmente correcto. El derecho electoral no está para estar vigilándonos en lo que hacemos en nuestra vida privada”.

A pesar del panorama hay señales de esperanza. Tras un intento inicial de desechar el caso, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña ha propuesto estudiarlo y ya entró a la lista de tareas del Tribunal Electoral de este miércoles 17 de marzo.

Para Emma, su lucha ha trascendido lo personal. “Esto ya no es solamente para mí, esto es para todas las personas. El hecho de que ya exista una sentencia que dicta que con conversaciones de WhatsApp se puede llegar a un proceso sancionador es algo que no se puede permitir, porque hoy fui yo, mañana puedes ser tú y así con todas las personas”.

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