Justicia para jóvenes trans de Ciudad de Buenos Aires: podrán continuar sus tratamientos

Un fallo hizo lugar al amparo presentado por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) para frenar el decreto del gobierno argentino que prohibe el tratamiento hormonal en personas menores de 18 años.

Un fallo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario N°4 de la Ciudad de Buenos Aires ordenó al gobierno porteño garantizar los tratamientos hormonales de personas menores de 18 años. La jueza Elena Amanda Liberatori comunicó, además, sus disculpas a les adolescentes trans por los padecimientos en su salud causados por el DNU 62/25, con el cual el gobierno nacional prohibió este tipo de tratamientos en menores de edad. Se trata del primer revés que enfrentó la normativa, en el marco de las decenas de amparos que se tramitan a lo largo del país. 

El escrito de 82 páginas reúne legislación nacional e internacional, documentación e informes detallados sobre los derechos que amparan a las infancias y adolescencias, como el derecho a la salud, la identidad, a la autonomía y al desarrollo de un proyecto de vida. Responde a una demanda realizada por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT), representada por María Rachid y Flavia Massenzio, contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

“Es evidente que la ‘inmediata aplicación’ del DNU (…) restringe, coarta, impide, obtura el acceso a la salud por parte de los niños/as y adolescentes trans de la CABA, pero también impide el reconocimiento de su propia identidad y de esta forma los excluye, por lo que resulta discriminatoria”, asegura el fallo de la jueza Liberatori.

En este marco resolvió ordenar al gobierno porteño que “garantice integralmente, por intermedio de los efectores del sector público de la Salud (Hospitales, Centros de Salud Mental, CESACS, etc.), la continuidad de los tratamientos hormonales en ejecución antes del dictado del DNU 62/2025 y el acceso a los nuevos tratamientos posteriores a dicha norma”.

Ley de Identidad de Género

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 62/25 del gobierno nacional modifica el artículo 11 de la Ley de Identidad de Género (N° 26.743), que es el que expresa el derecho al libre desarrollo personal. Lo reemplaza por un texto donde se prohíben los tratamientos a personas menores de edad. “Las personas menores de DIECIOCHO (18) años de edad no podrán acceder a las intervenciones y tratamientos a los que hace referencia el presente artículo”, dice el decreto. 

Al ser consultado por el Poder Judicial sobre su actitud frente al DNU, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires respondió que realizó su “inmediata aplicación”. Además adjuntó un comunicado de la Sociedad Argentina de Pediatría en la que esta entidad considera que se deben continuar los tratamientos y sugiere trabajar en un protocolo nacional de investigación que incluya a los adolescentes en condiciones de iniciar tratamiento hormonal. Ante este pronunciamiento, contrario a la decisión de implementar el DNU, la jueza respondió que no se comprende que el Tribunal tome conocimiento de él y no lo haga el propio Ministerio de Salud del gobierno porteño. Tampoco brindó detalles sobre a qué hace referencia al decir que se realizó una inmediata aplicación, ni cuál es la postura adoptada ante la continuidad o no de los tratamientos.

Al respecto, en la reunión del Consejo Federal de Salud (COFESA) del lunes pasado, las autoridades del Ministerio de Salud de la Nación y representantes sanitarios de las provincias expresaron: “Con relación al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 62/2025, interpretamos que el mismo no alcanza a los menores de 18 años, cuyos tratamientos hormonales hubieren iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la norma. Los mismos podrán continuar de acuerdo a la indicación del médico tratante.”

Sin embargo, esta distinción entre quienes ya comenzaron el tratamiento y quienes lo harían por primera vez “es arbitraria”, analiza la jueza Liberatori. “(Está) basada únicamente en un antes y después del DNU 62/2025, sin atender a las particularidades individuales ni las indicaciones de los médicos tratantes”.

Además de lesionar gravemente el derecho a la identidad de género y el derecho a la no discriminación, la implementación del decreto viola la capacidad progresiva de niños, niñas y adolescentes con relación al acceso a la salud y al cuidado de su propio cuerpo, asegura el fallo.

Decisión sobre los cuerpos 

Con la reforma del Código Civil y Comercial de 2015 se estableció en el artículo 26 que, a partir de los 16 años, los adolescentes tienen capacidad plena para decidir sobre el cuidado de su propio cuerpo. En tanto, aquellos entre 13 y 16 tienen aptitud para decidir por sí mismos en relación a los tratamientos que no sean invasivos ni comprometan su estado de salud o provoquen un riesgo grave en su vida. De ser invasivos o riesgosos se debe prestar consentimiento con la asistencia de los progenitores.

Esta autonomía progresiva es valorada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), al igual que el derecho a que les niñes y adolescentes sean escuchades y a que se tome en cuenta su opinión en todo el procedimiento que les afecte.

En relación a la importancia que tienen los procesos de “transición” de género, la CIDH explica que “no se reducen a cuestiones meramente estéticas, sino que implican la realización personal de la propia identidad, de cómo cada persona se ve a sí misma y cómo desea ser vista por las demás. Son mecanismos que permiten a las personas trans y de género diverso poder ejercer plenamente el derecho al libre desarrollo de su personalidad de acuerdo a su propia identidad y expresión de género”.

Testimonios de las familias

Esta identificación con un género diferente al asignado al nacer puede ocurrir a muy temprana edad. El estudio reciente realizado por el Grupo de Atención de Niñeces y Adolescencias Trans (GANAT) del Hospital Durand -citado en el fallo- reveló que en el 54% de 90 consultantes la edad de “develamiento” fue antes de los 10 años, mientras que el 42% refirió edades entre 11 y 14 años. En el mismo sentido, el “Informe sobre la situación actual de las experiencias de niñeces trans” (2021) de la Asociación Civil Infancias Libres mostró que las primeras expresiones de una identidad distinta al género asignado al nacer se dan principalmente entre el 1° y los 4 años de edad (42%), y en segunda instancia, entre los 5 y 8 años (36%).

“No podés decir que un chico no se siente así. Hay muchos que llegan a suicidarse, entran en depresión. Los chicos no mienten: sienten esto y eso es lo que son”, compartió a Presentes Jaqueline Correa, una mujer de 43 años, mamá de Gabriel, un joven trans de 17 años. Es una de las amparistas contra el DNU.

Jaqueline y Gabriel participan de la Secretaría NNA Trans, desde donde se brinda acompañamiento gratuito a niñes, adolescentes y familias diversas. “Ellos tienen un grupito por edad. Y los chicos empezaron a decir “estamos perdiendo todo”, otros estaban deprimidos o tenían miedo, los papás también”, compartió Correa. 

“A mi hijo le había dicho el endocrinólogo justo ese día que publicaron el DNU que le aumentaban la dosis de testosterona y que dentro de tres meses iba a poder usar las inyecciones. Cuando llegó la ilusión se fue para atrás porque solo tiene medicación para tres meses”, continuó.

El impacto de la desinformación 

El contexto actual en el que proliferan discursos de desinformación de la boca de funcionarios y del presidente de la Nación en relación a la diversidad sexual es un caldo de cultivo para la aparición de actos violentos. Luego de un discurso de Gabriel en la Cámara de Diputados en el que pidió que “escuchen a los chicos”, su madre recibió una serie de insultos. 

“Que los papás mutilamos a nuestros hijos, que dejamos que hagan cosas aberrantes. Un presidente tiene que cuidar a sus ciudadanos, no generar odio entre la población. Más a las niñeces y adolescentes que están en una etapa difícil de su vida”, compartió.

Además advirtió sobre otros problemas relacionados con este contexto: “Los médicos tienen miedo. Hay chicos mayores de 18 años que les han cancelado las operaciones. Van por todo. No podemos vivir en un país donde tengamos miedo de ser quienes somos o que los médicos no puedan ejercer la medicina como corresponde”.

Acciones en todo el país

A lo largo del país, distintas organizaciones, familias y abogades voluntaries presentaron amparos contra el decreto. 

“Presentamos en el Fuero Federal para todo el país, luego uno colectivo en CABA, otro en Provincia de Buenos Aires, y en varias provincias más. Pusimos el modelo de amparo a disposición para abogades voluntaries de al menos 14 provincias que se ofrecen a litigar. En los próximos días van a seguir presentando”, contó María Rachid, de la comisión directiva de la FALGBT. 

Además, el Frente Orgullo y Lucha impulsó junto a organizaciones y familias tres amparos en la provincia de Buenos Aires, en los que participan 14 adolescentes, y uno en la Ciudad de Buenos Aires, que involucra a cuatro jóvenes menores de 18 años.

“En Tucumán, nosotros como Fundación Transformando Familias -donde acompañamos a personas trans y sus familias- hemos hecho una presentación de amparo colectivo asesorados por la abogada de la fundación Mujeres por Mujeres. Ya se ha obtenido al legitimación por parte del Juzgado, por lo cual vamos bien”, compartió Laura Quintana, integrante de la comisión directiva de Trans Formando Familias.

En La Pampa, por otra parte, se presentaron dos amparos en la Justicia provincial y federal. “Se solicitó no solamente el amparo para que quede sin efecto el decreto, sino también para que se declare inconstitucional. Y las cautelares para que no se apliquen los efectos”, contó a Presentes Milagros Martin, profesora de Derecho Constitucional y Derechos Humanos en la Universidad Nacional de La Pampa. También integra la Red de Identidades Lésbicas Autoconvocadas (RILA), desde donde se gestó un encuentro con familias junto a Pampa Trans para analizar estrategias frente al decreto. 

“Diversos estudios médicos y organizaciones de salud, como la Sociedad Argentina de Pediatría, Asociación Mundial de Profesionales para la Salud Transgénero (WPATH) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS), han advertido que la interrupción abrupta de terapias hormonales en adolescentes trans puede generar graves consecuencias físicas y psicológicas, incluyendo depresión severa, angustia y aumento del riesgo de suicidio”, advirtieron las organizaciones.

De momento, el Ministerio de Salud neuquino informó que la provincia del Neuquén continuará garantizando el acceso a la salud integral de la población trans en todas las etapas de sus vidas. Detallaron: “En ningún caso se discontinuará ningún tratamiento iniciado. Para los inicios de tratamiento médicos y quirúrgicos de afirmación de género a personas menores de 18 años será necesario poner al tanto a la subsecretaría de Salud para que los mismos sean evaluados, siempre priorizando el acceso pleno a los derechos de la persona y las evaluaciones de los equipos medios”.

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