Perú: una persona intersex exige reconocimiento legal de su identidad ante el Tribunal Constitucional
Por primera vez y con el apoyo legal de la ONG Promsex, Eidán, una persona intersex reclama por su el reconocimiento de sus derechos. Demanda cambio de sexo y nombre en sus documentos y el acceso a la salud. El Tribunal Constitucional tendrá una decisión determinante.
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LIMA, Perú. Hace 43 años, en Huánuco, en la sierra peruana, nació Eidan en la casa de sus padres. Luego de examinarlo rápidamente, la partera determinó de manera arbitraria que era una niña. Fue así como sus padres lo registraron con un sexo y nombre femenino. Eidán, su nombre, lo eligió él tiempo después, porque se autopercibía hombre. Toda su niñez y adolescencia fue tratado como mujer, pese a que sentía rechazo de vestirse y seguir roles históricamente asignados al sexo femenino.
Según refiere la demanda de la ONG Promsex, a la cual Agencia Presentes tuvo acceso, al crecer notaba que sus genitales no se ajustaban a la morfología de “un cuerpo femenino”. Eidan prefería jugar fútbol con los niños y vestir ropa holgada, lo cual era mal visto por sus padres y su comunidad.
Cuando terminó el colegio, cansado de soportar discriminación y violencia, huyó de su casa. Se mudó a Lima y allí estudió la carrera de obstetricia, en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Una vez que obtuvo su independencia, comenzó a adoptar una expresión de género masculina y se hizo llamar Eidan.
En 2017, gracias a los conocimientos obtenidos en su profesión, y para encontrar una explicación a lo que le ocurría, Eidan se sometió a unos exámenes médicos. Así supo que nació con testículos no descendidos, otras características físicas intersexuales y cromosomas XY, que son considerados los cromosomas sexuales masculinos. Así supo que era una persona intersex.
Desde hace un tiempo, Eidan batalla por sus derechos: a la identidad y a la salud. El Tribunal Constitucional es quien debe decidir su futuro y el de las personas intersex en ese país.
Intersex: una forma de diversidad corporal
Según la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh), “las personas intersexuales nacen con características sexuales (tales como la anatomía sexual, órganos reproductivos, patrones hormonales y/o cromosomales) que no encajan con los conceptos típicos binarios de cuerpos masculinos y femeninos”. Mientras que la ONG Planned Parenthood Global subraya que “ser intersexual quiere decir simplemente que naciste con una variación que ocurre de manera natural en los seres humanos”.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) estima que un 1,7 % de la población mundial nace con características intersexuales.
A través de su demanda, Eidan, junto con Promsex, buscan el respeto a la diversidad corporal de las personas intersex y a la urgencia de garantizar derechos fundamentales, como identidad de género, igualdad y salud. También reclaman por la ausencia de procedimientos internos y políticas públicas que atiendan las necesidades específicas de esta comunidad invisibilizada y en situación de vulnerabilidad.
La intersexualidad no es una patología, como el estado peruano sigue considerándola. “La intersexualidad no es una enfermedad. Desde el activismo internacional intersex se enfatiza que, si las personas intersex tuvieran algún problema de salud, eso no está vinculado al aspecto de los genitales. Por eso, las cirugías genitales no consentidas deben detenerse”, afirma a Presentes Marina Elichiry, médica argentina aliada del movimiento intersex. La principal demanda del movimiento intersex en el mundo es que se ponga fin a las cirugías mutilantes de los genitales de bebés intersex, calificadas como tortura por la ONU.
En ese contexto, las autoridades peruanas deberían de conocer una noticia que ha pasado desapercibida en nuestro país. El pasado 4 de abril el Consejo de Derechos Humanos de la ONU aprobó una resolución histórica a favor de los derechos de las personas intersex. En ella se pide a los países acabar con la discriminación, violencia y prácticas nocivas a esta comunidad.
Reiterada humillación
El 30 de mayo del 2018, Eidan, de la mano de Promsex, interpuso una demanda de amparo. La pretensión principal ordenaba al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y a la municipalidad donde nació que modifiquen en su acta de nacimiento y Documento Nacional de Identidad (DNI) el sexo por “masculino”, y los nombres por “Eidan Kaletb”.
Edith Arenaza, asesora legal de Promsex, afirma a Presentes que su patrocinado es constantemente vulnerado en sus derechos en cualquier ámbito de su vida. Una de las principales razones es que en sus documentos de identidad no se respeta su identidad de género. “En el trabajo, por ejemplo -Eidan trabaja para el Estado como obstetra- por cualquier tema de comunicación interna, a nivel de los centros de salud, le mandan cartas con el nombre de su sexo legal. Estas cartas pasan por diversas manos y sus compañeros empiezan a comentar, lo cual genera una situación muy dolorosa para él”, relata.
El juzgado que vio el caso negó esta demanda en primera y segunda instancia. Indicó que “que se ha establecido vía jurisprudencial que los pedidos de cambio de nombre y sexo se tramiten mediante el proceso sumarísimo”. Promsex interpuso recurso de agravio constitucional y es así como el caso se encuentra en el Tribunal Constitucional (TC) a la espera de un pronunciamiento.
El pasado 24 de julio se llevó a cabo una audiencia pública en el TC sobre el caso de Eidan. Un representante de la procuraduría pública del Reniec dejó en claro que su institución no está de acuerdo con el cambio de sexo y nombres de Eidan en sus documentos de identidad.
Salud de la comunidad intersex en peligro
Eidan tocó las puertas de Promsex, hace más de seis años, porque su vida estaba en riesgo. En su calidad de asegurado del Seguro Social de Salud (EsSalud) tuvo barreras para acceder a los servicios de salud. El motivo es que figura en el sistema como una persona de sexo femenino. Según explica Promsex, no se registró su diagnóstico del examen cariotipo (una prueba para examinar cromosomas en una muestra de células) por no corresponder al sexo registrado del paciente. En consecuencia, no pudo acceder a los exámenes complementarios necesarios y atenciones especializadas, pese a que presentaba dolores fuertes y riesgo de cáncer testicular.
“De acuerdo con la programación del software del Sistema de Gestión Hospitalaria vigente en el hospital donde se atendió (Eidan) -y en todos los que pertenecen a EsSalud- aquellos requerimientos estaban autorizados solo para personas del sexo legal masculino. Es así como se supeditó su atención al sexo legal asignado en sus documentos de identidad”, afirma la ONG.
En este sentido, Edith Arenaza explica que uno de los objetivos fundamentales de este litigio es que el TC declare “estado de cosas inconstitucional” el limitar las atenciones a las personas en base al sexo establecido en los documentos nacionales de identidad y no a las necesidades en su salud. “Lo que le sucede a Eidan también lo padecen otras personas, como las personas intersex. Al declararse vulnerado por parte del TC este derecho, estas prácticas van a ser declaradas inconstitucionales”, asevera.
Sin accesos
Las personas intersex no son las únicas perjudicadas por este software del Sistema de Gestión Hospitalaria, también las personas trans. “Si soy una persona trans masculina y ya me cambiaron mi DNI al sexo masculino, pero sigo teniendo útero, voy a necesitar una consulta ginecológica. Si este sistema continúa así, aunque haya modificado mi DNI tampoco podría acceder a este servicio”, explica a Presentes la abogada de Proyecta Igualdad, Brenda Álvarez.
La perita médica que ve el caso de Eidan para este litigio es la médica experta en Género y Sexualidades, Marina Elichiry. Ella, a través de la historia clínica de Eidan de la institución donde siempre se atendió, y entrevistas con él, armó su peritaje médico.
Elichiry afirma a Presentes que por muchos años Eidan tuvo un riesgo alto de cáncer testicular. Recién en 2018 pudieron operarlo gracias a la intervención de Promsex. También refiere que, a la fecha, ha podido constatar que Eidan no tiene controles anuales de sus gónadas. Tampoco posee estudios anuales hormonales para ver cómo funcionan sus testículos. Dice que esta situación se debe a tres motivos: la restricción por género del sistema de EsSalud, el maltrato sistemático que ha recibido por la incomprensión del personal que lo atendía, y la falta de equipos especializados en intersexualidad que le brinden información fehaciente sobre los riesgos que puede tener y los estudios que necesita realizarse cada cierto tiempo.
“Estamos hablando de una persona adulta con una situación de enorme vulneración de su derecho a la salud y a la identidad, con riesgo de estar poniendo en peligro su vida”, asegura la experta.
“EsSalud estaría incumpliendo su obligación”
La primera sentencia del juzgado que vio el caso declaró “el estado de cosas inconstitucional” en esta materia. Ordenó a EsSalud, en máximo dos meses, adecuar el software del Sistema de Gestión Hospitalaria. No obstante, EsSalud apeló y ganó en la segunda instancia.
En su descargo, en agosto del 2020, EsSalud afirmó que su sistema está interconectado al Reniec. Por tanto, afirman, no puede realizar ninguna modificación en la información brindada por esta institución. Sostuvo también que “en razón a la interoperabilidad de las entidades públicas, el Sistema de Gestión Hospitalaria trabaja con la información que extrae del sistema. Y que ésta variaría si el demandante realizara la modificación de sus datos utilizando las vías judiciales idóneas”.
Brenda Álvarez, quien también fue abogada de Eidan. Sostiene que EsSalud incumple su obligación de garantizar el derecho a la salud de todas las personas, sin discriminación. «Lo que EsSalud estaría planteando, en términos simples, es que para asegurar el acceso a la salud de personas en situaciones similares a la de Eidan, primero el Reniec o el Poder Judicial deben ajustar los indicadores de sexo. Un proceso que puede tardar seis años o más, con suerte. Esto retrasa el acceso a las prestaciones de salud», explica. Álvarez enfatiza que esta situación vulnera el derecho a la salud establecido en la Ley General de Salud, que garantiza un acceso prioritario y oportuno a las prestaciones médicas.
Un seguro que excluye
En su descargo EsSalud dice, además, que no se ha vulnerado el derecho a la salud de Eidan, porque la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) señala en un informe que el hospital donde se atendía el demandante cumplió con brindar acceso a la atención en salud pese a la barrera informática. También afirma que sigue atendiendo las necesidades del demandante porque “durante el año 2019 se presentan 5 atenciones registradas del asegurado en el Sistema Informático de EsSalud”.
Álvarez explica que esas atenciones fueron después de que Eidan pudo contar con una asesoría legal (la de Promsex) y la intervención de la Defensoría del Pueblo. “No cualquier persona que esté en la situación de Eidan cuenta con un abogado(a) y puede hacer que la Defensoría intervenga para poder acceder a su atención a salud. Es absolutamente irrazonable”, afirma.
Por su lado, Edith Arenaza resalta que, a la fecha, debido a la rotación del hospital donde le corresponde a Eidan por su labor como obstetra (trabaja en distintos lugares del Perú) para acceder a atenciones médicas “tiene que realizar toda una explicación al personal administrativo y al de salud. Esta situación hace incluso que desista de acudir a las atenciones que requiere”, y enfatiza que “hasta que EsSalud no modifique (su sistema) la vida de las personas va a estar en riesgo”.
Presentes se comunicó con EsSalud para solicitar una entrevista sobre la vulneración a la salud de Eidan y de las personas intersex. Esperamos muchos días, pero no hubo respuesta.
Un proceso cruel
Eidan y Promsex también están solicitando al TC que se declare “un estado de cosas inconstitucional” a la ausencia de un procedimiento administrativo que permita realizar el cambio de nombres y sexo de las personas intersex y trans en el Perú. Edith Arenaza explica que actualmente este proceso debe hacerse por la vía judicial, que dura años y se debe pagar un abogado(a). Ello constituye una barrera para hacer efectivo, y disfrutar, el derecho a la identidad de género y al libre desarrollo de la personalidad.
La primera sentencia del juzgado que vio el caso declaró “el estado de cosas inconstitucional” en este tema y ordenó a Reniec, en el plazo máximo de un año, que cumpla con implementar un procedimiento administrativo. Sin embargo, Reniec apeló y ganó en segunda instancia. “Exhortamos al Tribunal Constitucional a emitir un fallo que garantice el respecto a la identidad de todas las personas intersex, libre de discriminación, y que procure la igualdad en todas las esferas de la vida”, afirma Promsex. Los magistrados(as) que dictarán la sentencia en breve no deben olvidar que están obligados(as) a proteger y garantizar los derechos de todes los cuidadanes.
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