Juicio por Tehuel: la sentencia condenó a Ramos por homicidio agravado por odio a la identidad de género

El Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 2 de La Plata condenó a Luis Alberto Ramos por el homicidio agravado en contexto de odio hacia la identidad de género de Tehuel de la Torre. Y pidió medidas reparatorias para colectivos travestis y trans.

30 de agosto de 2024
María Eugenia LudueñaRosario Marina
Ariel Gutraich
Edición: Ana Fornaro

Tras siete largas audiencias del juicio que empezó el 15 de julio, hoy el Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 2 de La Plata condenó a Luis Alberto Ramos a prisión perpetua por el homicidio agravado en contexto de odio hacia la identidad de género de Tehuel de la Torre. Es la primera vez que la Justicia de Argentina trata el asesinato y la desaparición de una masculinidad trans. 

Dio así por probado que Ramos es coautor del homicidio y de la desaparición del cuerpo de Tehuel. Oscar Montes, el otro acusado, aún no fue juzgado ya que eligió un jurado popular.  Ellos fueron las últimas personas que estuvieron con Tehuel, en la noche del 11 de marzo y la madrugada del 12.

«El imputado no solo le quitó la vida a Tehuel motivado por el odio a su identidad de género, sino que quiso desaparecer lo único tangible que queda de un ser humano cuando muere, impidiendo que sus seres queridos puedan tener su cuerpo para despedirlo», dijo el veredicto firmado por el juez Claudio Bernard, presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 2 de La Plata, en una sentencia histórica, que leyeron en voz alta durante 40 minutos dos secretarias del juzgado. 

En cuanto a la solicitud para que el tribunal que incorpore en su fallo medidas de reparación comunitaria, se incluyó la solicitud de creación de un protocolo de búsqueda de personas LGBTI desaparecidas y la declaración de la emergencia social en violencia por prejuicio a las personas travestis y trans.

Norma Nahuelcura, mamá de Tehuel expresó: “Quiero agradecer a todos los que vienen acompañando para hacer justicia por mi hijo. Esto no termina acá porque queremos que se condene al otro responsable y que se siga buscando a Tehuel para que descanse en paz. Qué nunca más haya otros Tehueles, que nunca más haya violencia hacia las personas trans.”

El joven trans estaba por cumplir 22 años había ido a ver a Ramos, a quien conocía desde hacía unos años. Ramos le había prestado dinero a Tehuel, era una especie de referente para él, y lo había llamado para una changa como mozo en un evento. Al momento en que se perdió el rastro de Tehuel, Ramos no colaboró con la búsqueda, intentó escapar de la Justicia y quedó detenido por falso testimonio.  

Luis Alberto Ramos, en la audiencia donde se leyó la sentencia que lo encontró responsable del crimen de odio de Tehuel.

Un crimen motivado por el odio

Los jueces Claudio Joaquín Bernard, Ramiro Fernández Lorenzo y la jueza Silvia Hoerr fundamentaron su decisión en una serie de pruebas e indicios. En conjunto permitieron acreditar la culpabilidad de Luis Alberto Ramos en el transhomicidio de Tehuel de la Torre. Entre las evidencias más contundentes mencionaron la geolocalización del celular de Tehuel en las inmediaciones de la casa de Ramos. Además, una una selfie extraída del celular del acusado donde se le ve junto a la víctima, y el hallazgo de restos calcinados de la campera de Tehuel y la carcasa quemada de su celular cerca de la casa de Ramos.

Uno de los elementos más significativos fue el descubrimiento de manchas hemáticas (sangre) en la pared interior de la casa de Ramos, cuyo análisis de ADN confirmó que pertenecían a Tehuel con un 99,9999% de certeza. El tribunal también consideró como indicio de culpabilidad la actitud de fuga asumida por Ramos después de la desaparición de Tehuel, incluyendo su intento de ocultarse y el cambio de su apariencia física.

El tribunal calificó el hecho como homicidio agravado por odio a la identidad de género, basándose en evidencias que demostraban el desprecio de Ramos hacia la identidad de género de Tehuel. 

Luego de citar la Ley de Matrimonio Igualitario, el juez Bernard en su sentencia indicó: «Ramos no comulgaba con estos modelos no patriarcales de concebir una pareja. Estableció los parámetros de su relación personal con Tehuel no reconociendo en público su identidad sexual con frases como ‘chico chica’ o ‘la mujer es para el hombre y el hombre para la mujer’, de forma que no pueden más que tomarse como despectivas. Además, lo condicionaba económicamente al prometerle trabajo y ofrecerle dinero, creando de esta forma una dependencia económica, por lo que sin lugar a dudas el imputado se aprovechó de la vulnerabilidad de la víctima”.

El Tribunal dio así por probado, por unanimidad, que Ramos es coautor del homicidio y de la desaparición del cuerpo de Tehuel. Oscar Montes, el otro acusado, aún no fue juzgado ya que eligió un jurado popular. Ellos fueron los últimos que estuvieron con Tehuel, en la noche del 11 de marzo y la madrugada del 12, como se desprende de múltiples pruebas analizadas en el juicio.

El rol del activismo

La Asociación de Familiares y Amigxs de Tehuel, que desde el primer día del juicio junto a Orgullo y Lucha convocó a acompañarlo con actividades en la calle frente a los tribunales, hoy también estuvo acompañada por organizaciones de la diversidad sexual y de derechos humanos, activistas LGBT+ llegades de otras ciudades, agrupaciones de estudiantes, políticas, gremiales y sociales.

Rosa Bru, Estela Diaz ministra de Mujeres y Diversidades de la pcia. de Bs As, la diputada Mónica Machay activistas de la diversidad sexual en la audiencia de lectura del veredicto.

En la última audiencia antes del veredicto, después del testimonio de 64 testigues -entre elles la madre de Tehuel, Norma Nahuelcurá, su novia, familiares de Ramos, ex parejas, una compañera de militancia en el MST (de donde fue expulsado) y varios peritos- los fiscales Juan Pablo Caniggia y Martin Chiorazzi dieron por probado que entre las 21 del 11 de marzo y las 4:33 del 12, en la casa de Ramos en Alejandro Korn (San Vicente), él y Montes «causaron intencionalmente la muerte de Tehuel De La Torre motivados por el odio a su identidad de género y orientación sexual, utilizando métodos aún no determinados».

La fiscalía también aportó argumentos acerca del contexto de violencia y odio que atraviesan las masculinidades trans, donde la exclusión laboral es apenas una de las múltiples discriminaciones que afrontan en el día a día.

Pruebas contundentes y pedido de justicia

El alegato del equipo de abogades que representa a la familia de Tehuel -Flavia Centurión, Cristian González, María Dolores Amaya y Pilar Rodríguez Genin- fue en la misma dirección. Tanto la fiscalía como la querella pidieron al tribunal que Ramos sea declarado responsable del asesinato y desaparición del cuerpo de Tehuel, agravado por odio a la identidad de género. También explicaron la saña del crimen, una característica de las violencias extremas hacia personas LGBT+. «La violencia hacia la comunidad LGBTI reviste una particularidad: crueldad y ensañamiento que está orientado a dejar una marca indeleble. Es como si el cuerpo de la víctima fuera un segundo rehén de su odio». Ramos no sólo negó la posibilidad de existencia a Tehuel sino que también se ensañó ocultando su cuerpo sin vida. Estas ideas también fueron ampliadas por el tribunal en la sentencia.

La querella que representó a la madre de Tehuel (detrás).

“Es un fallo vital”

El fiscal Juan Pablo Caniggia, en declaraciones a Presentes posteriores a la sentencia, se expresó sobre el fallo: «Nos sorprendió que haya sido unánime y también por la contundencia. No han dejado ningún tema sin tocar, han sido muy concretos en cómo han valorado las pruebas y los hechos, y profundizaron con la jurisprudencia». Caniggia destacó la importancia del veredicto: «Es un fallo vital, importantísimo que empieza a visibilizar un poco estas situaciones que no son visibles por un sector de la sociedad y que están pasando».

También resaltó el papel crucial del activismo durante todo el proceso judicial: «El acompañamiento es importantísimo, visualizan algo que muchos no ven y sin esa visualización, sin ese acompañamiento, este tipo de cuestiones son más difíciles». 

El equipo de fiscalía, liderado por Juan Pablo Caniggia.

Respecto a las medidas adicionales solicitadas, el fiscal expresó su satisfacción por el hecho de que el Tribunal haya tomado su pedido de un protocolo de búsqueda de personas LGBTQ+ desaparecidas y la declaración de emergencia social: «Que lo hayan acogido de forma favorable y que lo hayan resuelto de esta manera, la verdad que es bárbaro, porque también nos va a servir a todos los operadores de la justicia».

“Hoy se demostró que el Poder Judicial puede ser independiente”

Por su parte, la abogada Flavia Centurión, representante de la familia de Tehuel, bajo la lluvia y acompañando a la madre, dijo a Presentes: «Estamos felices porque se hizo justicia. Hoy se demostró que el Poder Judicial puede ser independiente y puede fallar acorde a lo que dice nuestra Constitución y Derechos Humanos, sobre todo en materia de derechos de la comunidad LGBT».

Flavia Centurión en la radio abierta que acomoañó desde la calle.

Además, Centurión destacó la importancia de esta sentencia en el contexto actual: «Lo más importante es demostrar al Poder Ejecutivo Nacional que la Constitución se debe respetar, que tenemos normas que no pueden ser incumplidas. Por más que se piense o niegue la diversidad sexual, está legalmente reconocida y nadie se lo puede llevar puesto. Hoy tenemos la tranquilidad de que tenemos un Poder Judicial que mantiene ese reconocimiento de los derechos».

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