Explicador: No hay evidencia científica que muestre ventaja atlética de mujeres trans
Sectores antiderechos insisten en prohibir o acotar la participación de las mujeres en trans en competencias. Qué dice la ciencia.
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CIUDAD DE MÉXICO, México. En los últimos años se argumentó, sin bases científicas concluyentes, que la participación de las mujeres trans en los deportes representa una supuesta “ventaja injusta” para las mujeres cisgénero. Esta narrativa no sólo la han usado las federaciones deportivas de élite sino también en los grupos antiderechos en puesto de toma de decisión.
Pero, ¿qué dicen las organizaciones de derechos humanos y la ciencia sobre esto?, ¿cómo estas prohibiciones repercuten en los derechos humanos de las mujeres y niñas?
Prohibición de atletas trans sin evidencia científica
Un informe publicado en el 2021 reveló que las mujeres trans no tienen ninguna ventaja biomédica en el deporte de élite. Y aclara que los factores sociales como la nutrición y las cualidades en los entrenamientos son lo que afecta el resultado de su desempeño.
Este informe hace una revisión en profundidad de la literatura científica publicada en inglés entre 2011 y 2021 sobre mujeres trans en deportes de élite. Y en éste se destaca que los factores biomédicos no representan ninguna amenaza para las deportistas cisgénero. En parte porque hay poca evidencia que busque identificar la ventaja de la pubertad que vivieron las mujeres trans, y son escasos los estudios sobre deporte de alto rendimiento que involucre a personas trans.
Este informe, además, concluye que las mujeres trans que han recibido atención médica de afirmación de género, suprimiendo sus niveles de testosterona, no tienen ninguna ventaja biológica.
“La política del deporte de élite se formula dentro de normas culturales geopolíticas transmisóginas, misóginas y racistas», aclara en documento.
Comité Olímpico Internacional: “es poco claro el papel de la testosterona para medir una ventaja injusta”
En los Juegos Olímpicos de Tokio 2020 (realizados en 2021 por la pandemia de covid-19) fue la primera vez que participaron atletas trans y no binaries de élite. Sin embargo, la atención estuvo en Láurel Hubbard, pesista neozelandesa y primera mujer trans en competir en unos Juegos Olímpicos. Su paso fue breve pues falló sus tres intentos de levantamiento en la división peso pesado de mujeres.
Posterior a la participación de Hubbard, en noviembre de 2021 el Comité Olímpico Internacional (COI) publicó un nuevo “marco sobre equidad, inclusión y no discriminación por motivos de identidad de género y variaciones sexuales” con énfasis en los criterios de elegibilidad en las categorías femeniles.
En el documento afirman que “no hay consenso científico sobre cómo la testosterona afecta el actuar deportivo. Es poco claro el papel que juega para medir una ventaja injusta, porque el rendimiento se mide de manera distinta en cada deporte”.
Finalmente, el COI determinó que cada federación deportiva debe establecer sus propios criterios de elegibilidad. Éstos deben estar “apegados a los derechos humanos, con pruebas científicas sólidas que contemplen los contextos y procuren el bienestar de los atletas”.
A partir de ello, las federaciones de atletismo, ciclismo, natación, ajedrez y recientemente la federación estadounidense de box generaron políticas que prohíben la participación de mujeres trans en las categorías femeninas de sus disciplinas. En ellas las condiciones van desde estar bajo hormonación desde los 12 años, mantener cierto nivel de testosterona en sangre o haberse sometido a cirugías de reasignación de sexo.
En un comunicado, la World Athletics (WA) asegura que las razones por las que se prohíbe la participación de mujeres trans está “guiada por el principio general de proteger la categoría femenina”. Y al mismo tiempo argumentan que “actualmente no hay atletas transgénero compitiendo internacionalmente en el atletismo y, en consecuencia, no hay evidencia atlética específica del impacto que estas atletas tendrían en la equidad de la competencia femenina en el atletismo”.
El psicólogo trans Dau García Dauder explica en su ensayo La intersexualidad en la construcción de la diferencia racial que en las reglas de elegibilidad “la alta testosterona es enmarcada como una ventaja y, de repente, como un problema de salud para las mujeres; las enferma. Es preciso regularla, para proteger la justicia y la salud. Así, las pruebas de verificación de sexo se convierten de forma sorprendente en regulaciones médicas por ‘el bien de la deportista’, para protegerla de la testosterona”.
Y agrega, “el TAS (Tribunal de Arbitraje Deportivo) habla de una discriminación necesaria, razonable y proporcionada para el objetivo de preservar la integridad de las atletas’. Paradójicamente, las mujeres menos privilegiadas (procedentes de países ‘en desarrollo’) son vistas como una amenaza y con ventaja; la justicia e integridad parece que solo aplica a las mujeres del norte. Es preciso subrayar que las intervenciones exigidas por la regulación son las mismas que los activistas intersex vienen denunciando”.
Antiderechos usan el falso argumento de la ‘ventaja injusta’
Estas narrativas sin fundamento científico son utilizadas además para la creación de leyes que prohíben competir a nivel estudiantil a niñas, jóvenes y mujeres trans en Estados Unidos.
Hasta ahora en ese país hay 6 estados con directrices que excluyen a les estudiantes trans y no binaries al exigirles que participen en deportes según su sexo asignado al nacer. Otros 3 estados prohíben la participación de estudiantes trans y no binaries a menos que se hayan sometido a una cirugía. Y en 16 estados existen políticas discriminatorias que crean barreras adicionales a la inclusión de estudiantes trans y no binarios, de acuerdo al seguimiento que realiza la organización Trans Athlete.
Esta ola legislativa anti trans está llegando a América Latina. En México congresistas como Teresa Castell y aspirantes a puestos de representación popular en México como Eduardo Verástegui buscan legislar e impulsar una carrera política desde la desinformación y los pánicos morales.
Regulaciones sexistas, racistas y violatorias de derechos humanos
La ONU ha calificado estos mecanismos de exclusión como “innecesarios, humillantes y dañinos”. Reconoce explícitamente que hay una forma particular de discriminación en el deporte hacia las mujeres negras y niñas atletas del sur global.
Desde 1940 la federación mundial de atletismo ha violado los derechos humanos de las atletas con “pruebas de sexo” y “certificados de feminidad” con propósitos de “elegibilidad”, así lo revela el informe «Nos están ahuyentando del deporte: violaciones de los derechos humanos en las pruebas de sexo de las mujeres deportistas de élite«, publicado por Human Rights Watch (HRW).
Estas medidas además tienen un carácter racista pues hasta ahora a las atletas que les han prohibido competir son negras y originarias de países del sur global. Y también han afectado a mujeres intersexuales y aquellas que de manera natural expresan niveles elevados de testosterona.
Para HRW estas prácticas implican daños físicos, psicológicos y económicos para las atletas. Además, señala que “identificar a las atletas mediante la observación y la sospecha es una forma de controlar los cuerpos de las mujeres en función de definiciones arbitrarias de la feminidad y estereotipos raciales”.
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