Despidos en el Estado: Cupo laboral travesti trans queda fuera pero en riesgo

El decreto que cesa las contrataciones del Estado realizadas en el 2023 deja afuera los cupos protegidos por ley pero no están garantizados. Qué protege y qué riesgos genera.

26 de diciembre de 2023
Agustina RamosMaría Eugenia Ludueña
Ariel GutraichArchivo Agencia Presentes
Edición: María Eugenia Ludueña

BUENOS AIRES, Argentina. Un decreto del gobierno nacional sobre las contrataciones del empleo público publicado hoy en el Boletín Oficial informa en su primer artículo algo que ya había anticipado el presidente Javier Milei: la no renovación de las contrataciones iniciadas desde el 1 de enero de 2023. Hace, en teoría, una excepción dejando afuera de ese recorte a las contrataciones “derivadas de cupos regulados por ley u otro tipo de protecciones especiales”. Pero esa excepción no es absoluta y sí un riesgo: en otro artículo deja la decisión librada a otras personas y factores

Se trata del Decreto 84/2023, publicado hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del presidente, Javier Milei, y el jefe de Gabinete, Nicolás Posse.

Qué dice el decreto

El primer artículo de este decreto dice textual: “Establécese que las contrataciones de personas que hayan iniciado a prestar servicios a partir del 1 de enero de 2023, en los organismos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la ley 24.156, no serán renovadas”. Esto involucra a por lo menos 7000 personas que se quedan sin empleo.

Luego el artículo 2 exceptúa tres tipos de contrataciones: 

  • Las derivadas de cupos regulados por ley u otro tipo de protecciones especiales;
  • Personal que haya estado prestando tareas con fecha previa al 1 de enero de 2023 y haya cambiado su modalidad de contratación;
  • Personal que el titular de cada jurisdicción evalúe que resulte indispensable para el funcionamiento de la jurisdicción, de manera restrictiva y de manera fundada que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento.

Un tercer artículo establece  que las contrataciones efectuadas en el marco del artículo 9° de la Ley N° 25.164 y del Decreto N° 1109 del 28 de diciembre de 2017, cuya fecha de ingreso a la administración sea previa al 1 de enero de 2023, no podrán ser renovadas por un periodo mayor a noventa (90) días corridos. 

El decreto ordena a las autoridades de los diferentes sectores a hacer un relevamiento del personal contratado antes del 1 de enero de 2023 “con el fin de evaluar la renovación de las contrataciones mencionadas precedentemente. En el caso de que las autoridades decidan renovar dichos contratos, deberán fundar la decisión demostrando la necesidad de continuar con la contratación”.

Los riesgos del decreto 

“El decreto resguarda a los dos cupos, el trans y el de discapacidad para los despidos del 2023, pero habilita a los mandos medios y bajos a despidos para las personas que no son ‘imprescindibles’”, advirtió a Presentes la activista Alba Rueda, quien se desempeñó como Representante Especial sobre Orientación Sexual e Identidad de Género del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto hasta el 10 de diciembre pasado.

“Ahí está el gran riesgo porque pone en la cabeza de sus líderes la referencia de prescindir del empleo trans. Y todas las personas que ahora ocupan esos cargos medios y bajos son personas designadas por Javier Milei desde el 10 de diciembre. En realidad, todas son responsabilidades de él y de su posición política. Entonces, si hay despidos trans es porque efectivamente también vienen de ese sector. Esa es una de las cuestiones para tener en cuenta”, agregó.

Por otra parte, la Ley de Cupo Laboral para Personas con Discapacidad (N° 22.431) obliga al Estado a incluir en una proporción no inferior del 4% de la totalidad de su personal a personas con discapacidad. Presentes consultó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) cuántas personas ingresaron en el último año por este cupo, pero al no tener el organismo por el momento autoridades no fue posible obtener la información.

“No está garantizada la continuidad”

“Si bien existe un resguardo al cupo, no veo que sea una garantía absoluta” dice el abogado laboralista Leandro Recalde. “Tampoco quiere decir que por fuera de lo que ordena este decreto se vayan a renovar esas contrataciones. Al no ordenar la recontratación y dentro del marco de ausencia de estabilidad de las contrataciones del artículo 9, no significa que quienes entraron por por ley de cupo tengan garantizada su continuidad”. 

Además, el decreto -indica Recalde- “redujo a 90 días el plazo por el cual se pueden realizar este tipo de contrataciones. Con lo cual la estabilidad de las personas contratadas por el artículo 9 es aún mucho menor. En términos de cupo, también afecta en ese sentido”.

Respecto de la decisión de las jefaturas o mandos superiores de las personas contratadas, el decreto les deja, por un lado, constreñidos en cuanto a los plazos por los que pueden prorrogar los contratos y a justificar la necesidad de mantener las contrataciones anteriores a 2023. “Si quisieran mantener los contratos posteriores tendrán que hacerlo con mayor fundamento. Y quedan liberados para hacer una razzia”, analiza Recalde. 

Autoridad de aplicación del cupo

El Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad, que es la autoridad de aplicación de la Ley de Cupo Travesti Trans, no había tenido, a diferencia de otros, reuniones de transición con el gobierno entrante, hasta la semana pasada. El nuevo gobierno ya oficializó su eliminación (los ministerios se redujeron de 18 a  9) junto con la creación del Ministerio de Capital Humano. La agencia Télam informó que se convierte en una subsecretaría del Ministerio de Capital Humano. Dependerá de Sandra Pettovello, ministra de esa cartera.

La sensación de angustia y alarma caracterizaba el estado de ánimo de quienes ingresaron a trabajar el último año al sector público, luego de las medidas anunciadas por Caputo. También, después de diferentes declaraciones en relación al colectivo LGBTIQ+ realizadas por integrantes de La Libertad Avanza (LLA).  “Ahora, no sé por qué hay que darle un cargo público por ser travesti. Eso lo pagamos nosotros. El que decide ser travesti, que se la banque solo, no se le puede dar una cuota del estado a alguien que pertenece a un grupo minoritario”, había dicho Ricardo Bussi en relación a la Ley de Cupo Laboral Trans. Bussi es diputado electo por LLA por la provincia de Tucumán e hijo del genocida Antonio Bussi.

Una medida ejemplar a nivel global

«El cupo laboral es una medida única, nueva, a nivel global. Es algo que no tiene antecedentes en otros países y genera un nuevo indicador en materia de derechos humanos”, enfatizó, por su parte, Rueda. Además recordó que “la casa de la democracia sancionó la ley” por lo que “la tienen que implementar los tres poderes y ante el incumplimiento el mecanismo de resguardo es el Poder Judicial”. “Las herramientas que tenemos para poder modificar esa situación es a través de los amparos judiciales. En esos amparos el rol de los sindicatos es fundamental”, sostuvo.

Desde la sanción de la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgéneros “Diana Sacayán – Lohana Berkins” (N° 27.636), unas 955 personas TT ingresaron a trabajar al Estado nacional. De esas, 381 lo hicieron el último año. Para la gran mayoría de ellas, este es el primer empleo formal al que acceden, luego de años de calle, changas y exclusiones.

La ley fue sancionada por el Congreso de la Nación el 24 de junio del 2021. Establece que el Estado nacional en todos sus niveles “debe ocupar, en una proporción no inferior al uno por ciento de la totalidad de su personal, puestos de trabajo con personas travestis, transexuales y transgénero, en todas las modalidades de contratación regular vigentes”. 

Colectivos travestis y trans celebran aprobación de la Ley nacional de cupo laboral travesti trans frente al Congreso de Argentina, junio de 2021.

De la acción afirmativa al retroceso en derechos

“Preocupa muchísimo la inestabilidad y la incertidumbre de las y los trabajadores en general. En particular claramente los compañeros y compañeras trans que se vuelve difícil. Sabemos que se necesita una medida de acción afirmativa para poder acceder al mundo del trabajo”, subrayó a esta agencia Agustina Ponce, ex subsecretaria de Políticas de Diversidad del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación. 

Consideró que “viene un fuerte retroceso en materia de derechos de la diversidad a nivel internacional por las derechas que la gente aplaude”. Pero destacó la necesidad de “permanecer unidos y unidas, seguir encontrando espacios para resistir y elegir las luchas que se quieren dar”.

Activistas travestis y trans en junio de 2021, exigiendo la aprobación de la Ley de Cupo e Inclusión Laboral.

Para defender los puestos de les trabajadores, el activismo se encuentra en articulación con los sindicatos. “Desde la Coordinación de Acceso al Empleo tuvimos mucho trabajo con las juntas internas de los sindicatos, sobre todo con ATE Nacional. Hemos trabajado mucho para dar acompañamiento a las personas ingresantes por la Ley de Cupo. Trabajamos también con el Convenio Colectivo de Trabajo”, compartió a esta agencia Cintia Pili, ex coordinadora de Acceso al Empleo de la Subsecretaría de Políticas de Diversidad de la cartera de géneros.

Además Rueda destaca el rol que tendrán los sindicatos en lo venidero. “Esta posición habilita y permite que el rol gremial, sindical, cobre una fuerza muy particular para este contexto de defensa de los derechos de les trabajadores. Y es uno de los puntos fuertes, qué hacer frente a los posibles despidos. Lo primero, identificar a tu sector sindical para la defensa de tus derechos”, dijo.

Implementación del cupo travesti trans: cifras

Según el informe “Implementación del Cupo Laboral Travesti Trans No binarie en Argentina” del Observatorio Sindical de Géneros y Relaciones Laborales de ATE Nacional publicado la semana pasada, la cantidad de personas TT empleadas en el sector público es “menos de una quinta parte del 1%”. Según el documento, la cifra debería ascender de 955 a 5.551 para cumplir con lo previsto por la ley.

Esta investigación también buscó describir las características socio-demográficas y las condiciones de trabajo de las personas TTNB empleadas en el Estado. Para ello se llevó adelante una encuesta a mediados de 2022 que fue respondida por 91 personas. Entre sus principales resultados se observó que para el 38% este empleo fue el primero registrado al que accedieron, lo cual evidenció la importancia de esta normativa.

Sin embargo, solo el 14% de las contrataciones fueron de personas mayores a 40 años. “Teniendo en cuenta lo que se conoce del promedio de vida de las personas trans (35 años), se trata de una población cuya breve expectativa de vida en total es muy breve, lo cual es muy importante a la hora de valorar este 14% de personas mayores de 39 años”, indica el informe.  El documento también advierte que sólo el 16% de estas personas tiene un contrato de planta permanente.

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