La Corte bonaerense falló a favor de una trabajadora municipal trans

Por Rosario Marina Tres años y medio tardó la Justicia en decirle a la trabajadora trans V, en complicadas frases jurídicas, dos palabras: tenías razón. En 2013, V empezó a trabajar como administrativa en la municipalidad de La Plata, provincia de Buenos Aires. En mayo de 2015, cuando Julio Garro estaba en plena campaña para…

Por Rosario Marina

Tres años y medio tardó la Justicia en decirle a la trabajadora trans V, en complicadas frases jurídicas, dos palabras: tenías razón.

En 2013, V empezó a trabajar como administrativa en la municipalidad de La Plata, provincia de Buenos Aires. En mayo de 2015, cuando Julio Garro estaba en plena campaña para tomar las riendas de la comuna con la alianza Cambiemos, dijo que no se le ocurriría “darle trabajo a un travesti”. Lo que sí le daría, explicó, es “ayuda psicológica”.

Por esos dichos, V decidió denunciarlo ante el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).

Cuando Garro ganó la elección y se convirtió en el intendente de la ciudad, pasaron algunas semanas hasta que ella fue despedida, junto a dieciséis personas más que trabajaban en Las Mirabal, un espacio que acompaña a mujeres víctimas de violencia de género. No faltaba mucho para que a ella se le venciera el contrato, pero decidieron echarla antes. La explicación, que luego también retomaron en la justicia, era que habían declarado la emergencia administrativa y económica de la ciudad. Por eso podían dar de baja los contratos antes de tiempo.

Ley de cupo laboral trans 

V decidió, entonces, aprender sobre la ley 14.783 que se había sancionado hacía unos meses en la provincia de Buenos Aires. Esa ley, ahora conocida como la ley de cupo laboral trans, dice que el 1% del personal de la administración pública debe ser de la comunidad travesti trans. Algo que, claro, no se cumplía.

Leyendo sobre el tema, llegó al Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CEPRODH) donde se encontró con Luz Santos Morón y Luciano Sívori, quienes decidieron patrocinarla. A principios de 2016 iniciaron una demanda al municipio por incumplimiento de la ley de cupo laboral trans, pidiendo que se la reincorpore.

Unos tres meses después, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo nº4 de La Plata dictaminó una medida cautelar que obligaba al municipio a devolverle su trabajo. “Decía que el despido había sido discriminatorio y persecutorio y que incumplía la ley de cupo laboral trans”, cuenta V ahora, después de un proceso que, aunque en ese momento no lo sabía, seguiría muchos meses más.

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Ella volvió a su trabajo, pero los abogados del municipio decidieron que la situación no quedaría así. Apelaron la medida diciendo que no había habido discriminación “dado que son numerosos los agentes municipales que han finalizado su vínculo laboral conforme surge de los decretos nros. 2134 y 2344 del año 2015”. Es decir: fueron muchas las personas despedidas, por lo tanto el caso de ella no es de discriminación.

También explicaron, en lenguaje jurídico, que la denuncia que ella le había hecho a Julio Garro aún “no ha arribado a una decisión final condenatoria” y que la ley 14.783 no se encuentra reglamentada.

El Municipio apeló la medida

La Cámara de Apelaciones les dio la razón. Hasta ese momento, V seguía trabajando en el municipio, pero tenía miedo, porque podían volver a echarla en cualquier momento. Ya era septiembre de 2016.

La abogada de ella apeló la medida, entonces el caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, el máximo órgano judicial en la provincia.

“Tardó 3 años y medio para resolver la Suprema Corte”, dice V. Ya no trabaja en el municipio, la decisión ya no aplica pero, igual, es motivo de alegría y ella lo sabe.

A las autoridades del municipio no les cayó bien el fallo. No entienden por qué este fallo sale ahora, creen que se trata de “expedientes viejos”.

Según las fuentes del municipio, a V “se le retribuyó el contrato”. Lo cierto es que ella volvió a trabajar por decisión de la Justicia y, además, ellos apelaron la medida.

Una sentencia para el futuro de las travestis y trans

En el fallo de la Suprema Corte, con fecha del 8 de mayo de 2019, todos los jueces estuvieron de acuerdo en que no hay prueba suficiente de discriminación. Sin embargo, tres de ellos (De Lázzari, Pettigiani y Soria) coincidieron en que es sumamente difícil probar una discriminación, y citaron la Carta Magna de los Derechos Humanos, una Convención de Estados Unidos, hasta el preámbulo de nuestra Constitución Nacional.

Por unanimidad, decidieron dar lugar al recurso de inaplicabilidad de la ley y a revocar la medida precautoria interpuesta. Traducido, así explican que en la municipalidad de La Plata no se está aplicando la ley de cupo laboral trans.

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“Al ser una sentencia firme genera jurisprudencia y un precedente para esas personas trans o travestis que están trabajando en relación de dependencia en el Estado que puedan llegar a tener algún tipo de problemas discriminatorios o persecutorios”, dice V, que ahora ya sabe de todas las idas y venidas que puede llegar a tener la Justicia.

Tres años y medio en la vida de una trans es casi el 10% de su expectativa de vida.

Tres años y medio es lo que tardó la justicia de la provincia de Buenos Aires en restituir un trabajo, y en decir que hay una ley que no se cumple.

Por ella y por otras, V sabe: “Muchas compañeras trans tienen que esperar largos procesos para que se nos restituyan ciertos derechos. Los tiempos de la Justicia son tan lentos. No van en el mismo tiempo que la vida de una persona, y más teniendo en cuenta que tenemos una expectativa de vida de 35 a 40 años. Pasaron tres años y medio para decirme que yo tenía razón”.

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